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SOLICITUD DE PENSION ALIMENTICIA
- Consulta : 280506
- Autor : lcp.eduardo_NR
- Publicado : Jueves 21 de Julio de 2016 15:46 desde la IP: 187.217.232.35
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,106
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 21 de Julio de 2016
Estado de Referencia: Jalisco
Buen dia, quisiera si me pueden asesorar con lo siguiente: Mis padres vivieron juntos casi 45 años, en este tiempo juntos lograron hacer algún patrimonio (Casas principalmente). hace aprox 4 meses se separaron y para evitar confrontamientos ella decidio retirarse de la casa, y el se quedo viviendo en esta Ella es una persona de la tercera edad, (70 años ya no puede laborar) y no tienen ningún ingreso economico El es jubilado por parte del gobierno y recibe una buena cantidad de pension mensual mas aparte recibe renta por arrendamientos, mi consulta es si puedo solicitar que se le pase algún tipo de pension a mi mama por parte de el?? Ya que el patrimonio lo hicieron entre los dos y aparte por el tiempo que duraron viviendo juntos, hemos hablado con el sobre la posible conciliación entre ellos y el solo contesta que si ella quiere regresar que se regrese pero que entre ellos ya no hay nada, a lo cual hemos decicido tanto ella como nosotros sus hijos que es mejor ya no estén juntos, mas sin embargo consideramos la posibilidad de exigirle pension alimenticia para ella Agradesco si me pueden orientar Gracias -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 389988
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Fecha de respuesta: Jueves 21 de Julio de 2016 23:28 2016-07-21 23:28 desde IP: 201.141.134.63
Es obvio que deben demandar la pensión alimenticia. Pero principalmente y más efectivo es demandar la rendición de cuentas a la sociedad conyugal. paralelamente deben demandar la separación de cuerpos conjuntamente con el divorcio. Pero la rendición de cuentas dejará si habla al marido.
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Autor
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AutorRespuesta No: 389998
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Fecha de respuesta: Viernes 22 de Julio de 2016 11:02 2016-07-22 11:02 desde IP: 189.146.116.249
SU PROBLEMA TIENE SOLUCION. CONSULTENOS OMEGA SERVICIOS JURIDICOS PROFESIONALES. -101. COLONIA ROMA NORTE. ESPECIAISTAS EN DERECHOO. FAMILIAR, DERECHO CIVIL, AMPARO, DERECHO ADMIISTRATIVO ETCETERA. ECONSULTAS PERSONALES. PREVIA CITA AL TELEFONO . CEL. . LIC. MARCO ANTONIO VEGA.
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Autor
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AutorRespuesta No: 389999
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Fecha de respuesta: Viernes 22 de Julio de 2016 11:03 2016-07-22 11:03 desde IP: 189.146.116.249
SU PROBLEMA TIENE SOLUCION. CONSULTENOS OMEGA SERVICIOS JURIDICOS PROFESIONALES. -101. COLONIA ROMA NORTE. ESPECIAISTAS EN DERECHOO. FAMILIAR, DERECHO CIVIL, AMPARO, DERECHO ADMIISTRATIVO ETCETERA. ECONSULTAS PERSONALES. PREVIA CITA AL TELEFONO . CEL. . LIC. MARCO ANTONIO VEGA.
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Autor
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AutorRespuesta No: 390038
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Fecha de respuesta: Lunes 25 de Julio de 2016 11:41 2016-07-25 11:41 desde IP: 189.180.234.31
rendición de cuentas?.... weno... los jubilados no dan pensión de alimentos sobre su pensión jubilatoria... si hay bienes... casas... y estan casados por sociedad conyugal... se puede hacer la liquidación de esta... una vez celebrado el divorcio... y corresponderia... 50% para cada quien... no importando quien hizo mas gastos que el otro... se puede convenir que que queden con la mitad de esos bienes o... venderlos y entregar el 50% a cada uno de los bienes en liquidación... pero rendición de cuentas?.... claro que no... ya no viven juntos... quien se separa... pierde el derecho de reclamar ese punto juridico... ahora... los mayores de 65 años... tendran que ser cuidados juridicamente por el ministerio publico... y si demuestran senilidad... pueden ser sujetos a juicio de interdicto... TU ABOGADO... ESPECIALISTA EN DERECHO FAMILIAR... sabe que hacer...
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