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DEMANDé INCREMENTO DE PENSIóN

  • Consulta : 280036
  • Autor : alethia.b.h_NR
  • Publicado : Martes 31 de Mayo de 2016 13:41 desde la IP: 201.157.89.179
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,132
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  • Autor
    Consulta

  • alethia.b.h_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México
    En el año 2013 demandé el incremento de pensión alimenticia, hoy día aun no dicta sentencia juez, mi contrario después del desahogo de pruebas y alegatos, promovio un escrito diciendo que salía de su actual fuente laboral por cuestiones personales y laborales, exhibiendo copia simple de registro en el imss en otra empresa, con el sueldo mínimo, el trabaja en cfe como empleado sindicalizado, dificilmente se iba a salir de ahi, al paso del tiempo, sin mencionarlo al juez, se casó en 2014 y en juicio su esposa promovió cumplimiento de Capitulaciones Matrimoniales, otorgándole mi contrario el 90% de su salario diario integrado, no tiene hijos, el único hijo que tiene al momento, es el que procreamos los dos. Que debo hacer? porque me dicen que civilmente no puedo hacer ya nada. Aunue sé que ese matrimonio lo hizo prescisamente para asegurar su sueldo y que no le descontaran de ahi nada de dinero.. Debo iniciar un proceso legal penal?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 388996

  • PEGSA
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas noches. Si el señor manifestó que trabaja en una empresa, pero usted esta seguro que sigue en CFE, debe ordenar que se gire oficio a dicha compañía a efecto de que se cerciore si efectivamente fue dado de baja, porque de no ser cierto, tiene la obligación de dar alimentos y que se le descuente de dicha fuente de trabajo. ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… Ahora bien, las capitulaciones matrimoniales se establecen sobre los bienes que tienen los cónyuges y su forma de administrarlo, por lo que los sueldos no forman parte del mismo y no se puede establecer que el señor deba darle el 90% de sus percepciones a su otra cónyuge. Por lo que consideramos que se debe aclarar ese punto. ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… Por ultimo cabe mencionar, que si su cónyuge oculta bienes o su salario para no pagar alimentos, comete un fraude contra acreedores. ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… Si llegase a tener algún problema (Lo decimos sin fines publicitarios), puede consultarnos de forma gratuita desde nuestra página de Internet para una asesoría. ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… “Peregrina & Salazar, Bufete Jurídico Especializado” ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… w . w . w . a b o g a d o s p e r e g r i n a – s a l a z a r . c o m



  • Autor
    Respuesta No: 389003

  • alehba
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Hola Muchisimas gracias por su repsuesta, la agradezco y se que me ayudará. Le comento que, en la "otra empresa" obviamente no trabaja, es de unos amigos de su familia, y solo le dieron de alta en el miss, para decir que trabajo ahí y con el sueldo mínimo. En c..f.e. ya se envió el oficio y sigue laborando ahí, solo solicito una licencia sin goce de sueldo, por lo que está ahí, en 2013 interpuse esta demanda de incremento de pensión, aun no han dictado sentencia, en cambio, mi contrario se casa en 2014 y en ese mismo año, hacen lo de las capitulaciones matrimoniales y ya esta con sentencia ese mismo 2014. en mi caso, ya sólo falta que dicten sentencia, por lo que pregunto por este medio si es que se puede hacer algo de forma civil, me sugieren en el dif. que demande penalmente por fraude.



  • Autor
    Respuesta No: 389004

  • alehba
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Hola Muchisimas gracias por su repsuesta, la agradezco y se que me ayudará. Le comento que, en la "otra empresa" obviamente no trabaja, es de unos amigos de su familia, y solo le dieron de alta en el miss, para decir que trabajo ahí y con el sueldo mínimo. En c..f.e. ya se envió el oficio y sigue laborando ahí, solo solicito una licencia sin goce de sueldo, por lo que está ahí, en 2013 interpuse esta demanda de incremento de pensión, aun no han dictado sentencia, en cambio, mi contrario se casa en 2014 y en ese mismo año, hacen lo de las capitulaciones matrimoniales y ya esta con sentencia ese mismo 2014. en mi caso, ya sólo falta que dicten sentencia, por lo que pregunto por este medio si es que se puede hacer algo de forma civil, me sugieren en el dif. que demande penalmente por fraude.



  • Autor
    Respuesta No: 389005

  • alehba
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Hola Muchisimas gracias por su repsuesta, la agradezco y se que me ayudará. Le comento que, en la "otra empresa" obviamente no trabaja, es de unos amigos de su familia, y solo le dieron de alta en el miss, para decir que trabajo ahí y con el sueldo mínimo. En c..f.e. ya se envió el oficio y sigue laborando ahí, solo solicito una licencia sin goce de sueldo, por lo que está ahí, en 2013 interpuse esta demanda de incremento de pensión, aun no han dictado sentencia, en cambio, mi contrario se casa en 2014 y en ese mismo año, hacen lo de las capitulaciones matrimoniales y ya esta con sentencia ese mismo 2014. en mi caso, ya sólo falta que dicten sentencia, por lo que pregunto por este medio si es que se puede hacer algo de forma civil, me sugieren en el dif. que demande penalmente por fraude.



  • Autor
    Respuesta No: 389017

  • PEGSA
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas noches. El Código Penal de Estado de México, establece lo siguiente: ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… Artículo 217.- Comete el delito de incumplimiento de obligaciones, quien incurra en las siguientes conductas: II. El que intencionalmente se coloque en estado de insolvencia, con el objeto de eludir el cumplimiento de las obligaciones alimentarias que la ley determina, se le impondrán de dos a siete años de prisión y de treinta a trescientos días multa… ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… Ahora bien, si el señor dejó de trabajar para eludir sus obligaciones, procede la denuncia, pero como si la esta dando aunque en menor cantidad, a nuestro criterio no procedería la denuncia (Aclaramos que no somos un despacho especialista en derecho penal), ya que tampoco esta obligado a dar mas de lo que no recibe, pues sólo pidió una baja temporal y tarde o temprano tendrá que regresar a CFE y en ese momento se le podrá hacer el descuento correspondiente. ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… Lo que haríamos nosotros es que se mande el oficio a CFE para que informe cuanto percibe el señor y que se le ordene descontar el porcentaje correspondiente cuando este regrese a sus labores. ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… Por otro lado, en cuanto a las capitulaciones matrimoniales no entendemos como es que le perjudica, ¿Qué hizo el señor para que usted reciba menos dinero?, ¿Qué teme que pueda pasar con dichas capitulaciones? y ¿Cuál es el contenido de esas capitulaciones?, pues el señor no puede establecer en las mismas que su salario en el 90% de su totalidad sea para su esposa, ya que existe una obligación alimentaria y en todo caso, el descuento que haga la empresa o CFE las harán directamente y no pueden desviar esos recursos a la esposa, cuando existen acreedores alimentarios y un juez que ordena el descuento. ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… Si llegase a tener algún problema (Lo decimos sin fines publicitarios), puede consultarnos de forma gratuita desde nuestra página de Internet para una asesoría. ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… “Peregrina & Salazar, Bufete Jurídico Especializado” ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… w . w . w . a b o g a d o s p e r e g r i n a – s a l a z a r . c o m



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