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AMENAZA DE EMBARGO
- Consulta : 279641
- Autor : samson4871_NR
- Publicado : Domingo 17 de Abril de 2016 22:43 desde la IP: 189.161.184.139
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,121
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 17 de Abril de 2016
Estado de Referencia: Jalisco
Mi buen amigo, recurro a Ud. solicitando su consejo respecto a este asunto: Uno de mis hijos renta una casa, inmueble del cual solo utiliza el área de cochera para estacionar alguno de sus autos, pero al dueño seguido le llegan requerimientos de embargo por diversos acreedores,(tarjetas de crédito), y tememos que quisieran llevarse los vehículos que ahí se guardan. Pregunta: Se puede amparar y evitar alguna acción de embargo con un contrato de arrendamiento?. Por su atención, muchas gracias por su respuesta y consejo. -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 388197
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Fecha de respuesta: Lunes 18 de Abril de 2016 14:24 2016-04-18 14:24 desde IP: 189.242.118.239
Siempre la manera de defenderse ante un embargo en contra del arrendador es; acreditando con documentos la propiedad de los vehículos y exhibiendo copia del contrato de arrendamiento al ejecutor, claro está, siempre y cuando sea una diligencia de carácter judicial. El amparo se promueve contra actos de autoridad violatorios de garantias individuales, dentro o fuera de un juicio, ahora bien, no se podría promover un amparo, porque no tiene usted la certeza de que existe un juicio mercantil y mucho menos que de ese juicio usted pueda sufrir alguna violación a sus garantías individuales. Luego entonces, yo le recomiendo, tener a la mano los documentos con los que acredita la propiedad de los vehículos y el contrato de arrendamiento, y exhibirlos en caso de que algun día llegue un actuario a tratar de trabar un embargo, esté legalmente se abstedrá de trabar embargo en bienes diferentes al del deudor
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AutorRespuesta No: 388200
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Fecha de respuesta: Lunes 18 de Abril de 2016 19:57 2016-04-18 19:57 desde IP: 187.237.39.20
Aunado al anterior comentario realizado por el Lic. JOSE LUIS CARBAJAL, le hago del conocimiento que si por cualquier motivo Usted como propietario del vehiculo X no se encuentra en el domicilio en el se practica la diligencia su vehiculo sera embargado, ya que se presume que los bienes que se encuentran ahi, son del deudor. Por lo que se vera obligado a promover un Juicio Terceria excluyente de dominio, en el que demostrara ser Usted el propietario del vehiculo embargado. Saludos.
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AutorRespuesta No: 388205
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Fecha de respuesta: Lunes 18 de Abril de 2016 20:37 2016-04-18 20:37 desde IP: 189.242.118.239
Un saludo al Lic. AdvocatusRectus, y gracias por complementar la respuesta. Es muy correcto
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AutorRespuesta No: 388206
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Fecha de respuesta: Lunes 18 de Abril de 2016 20:44 2016-04-18 20:44 desde IP: 187.237.39.20
De igual manera le envió un cordial saludo Licenciado JOSE LUIS CARBAJAL.
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AutorRespuesta No: 388211
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Fecha de respuesta: Martes 19 de Abril de 2016 11:51 2016-04-19 11:51 desde IP: 148.240.197.146
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