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AMPARO DIRECTO O INDIRECTO

  • Consulta : 279010
  • Autor : J.APRENDIZ
  • Publicado : Domingo 07 de Febrero de 2016 20:06 desde la IP: 189.177.43.81
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,132
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  • Autor
    Consulta

  • J.APRENDIZ
    USUARIO REGISTRADO

    en un juicio sumario hipotecario en donde ya hay una sentencia definitiva y ya se ordenó la adjudicación del inmueble y se realizó la toma de posesión del mismo, quiero promover un amparo a favor de los demandados, ya que fueron emplazados por edictos y de las constancias actuariales y oficios se desprende la violacion al articulo 14 constitucional, mi duda es si ya hay una sentencia definitiva firme que dio fin al procedimiento, que tipo de amparo debo de promover, para hacer valer mi garantía de audiencia. GRACIAS

     

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  • Autor
    Respuesta No: 387307

  • camacho
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    No se meta en camisa de once varas, ni juegue con el patrimonio de los afectados y orientelos para que sean asesorados por alguien que conozca del juicio de amparo.. Atte. Lic. J. L. Camacho



  • Autor
    Respuesta No: 387312

  • LIC ESTRADA
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Hola: Y yo tengo un punto de vista sin ser especialista pero si amparista creo que esa demanda es improcedente, y la via hipotecaria civil, asi como las acciones personales de pago de obligaciones mercantiles de jurisdiccion federal, acumuladas con la acciones reales civiles de la jurisdiccion del fuero comun se contraponen; porque la Ley procesal que rige este juicio ordena que no se deban acumular en la demanda las acciones mercantiles con las acciones civiles asi como las acciones reales, porque dependen de las personales, con lo que actualiza la inadmisibilidad del juicio debido a que existe prohibicion expresa en los codigos de proc. civiles de las diversas entidades federativas, porque una son de naturaleza mercantil ..otras de naturaleza civil...existe una tesis jurisprudencial al respecto.. ahora bien es muy frecuente que de pronto no sabemos como plantear nuestra teoria de defensa...revisa eso antes de intentar un amparo....puede existir incompetencia del juzgador y en consecuencia esa sentencia es ilegal, pero no por el emplazamiento, creo que por ahi nunca ganaras...suerte. LIC. ESTRADA eMAIL: despachoestrada arroba hottmail asesoria en linea por whatsapp cel. 55 43442775.



  • Autor
    Respuesta No: 387316

  • omarx86
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Es un amparo indirecto en contra del emplazamiento si esque tus clientes fueron demandados del procedimiento de origen, tiene razon el otro mono en relacion a la acción personal y real, pero ello es una cuestión de fondo que no es materia del amparo en contra del emplazamiento, dado que la listis constitucional se limita al emplazamiento de lo cual si es procedente, llevaria como consecuencia la nulidad de lo actuado, por eso debes analizar los requisitos de procedencia del amparo contra el emplazamiento. Seran tus clientes, terceros extraños por equiparación.



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