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SETENCIADO MUERE

  • Consulta : 276718
  • Autor : sharlot.garza_NR
  • Publicado : Sábado 12 de Septiembre de 2015 10:23 desde la IP: 187.199.43.138
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,142
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  • Autor
    Consulta

  • sharlot.garza_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Que tal buenas tardes, tengo una duda!!

     el caso es este ; una persona es sentenciada por despoojo a un 1 año 7 meses y a el pago de la reparacion del daño (un bien inmueble),pero esta persona muere, que procede como es exigible la repatracion del daño, si en ese bien inmueble habita su famila, se les puede, acusar a ellos de despojo o que pasa?

     

    disculpen si no me exprese bien, espero me puedan ayudar.

     

     

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  • Autor
    Respuesta No: 385364

  • LAMC_QRO
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Se tiene que abrir el juicio sucesorio, solo para efectos de reparación del daño.

    Ahora bien, no nos indica si dicha denuncia y proceso fue solo en contra que lamentablemente falleció o bien contra varios miembros de su familia y sólo lo sentenciaron a él.

    Esa información ayudará a asesorarle de una manera mas certera.

    Saludos.



  • Autor
    Respuesta No: 385365

  • sharlot garza
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Asi es denunciaron a tres mienbros de la familia pero solo consignaron a uno en este caso el q fallecio, me quedo mas claro muchas gracias.

    la parte contraria iniciaria el juicio sucesorio?



  • Autor
    Respuesta No: 385369

  • LAMC_QRO
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    No... Si usted quiere que se le repare el daño por la vía civil, tiene que iniciar usted el juicio, lo bueno es que todos los gastos que esto le origine, puede cobrarlo a la propia sucesión tiempo después.

    Saludos.



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