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COBRO DE SEGURO DE VIDA

  • Consulta : 275146
  • Autor : manyjunkie_NR
  • Publicado : Miércoles 26 de Agosto de 2015 18:50 desde la IP: 189.198.211.197
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,138
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  • Autor
    Consulta

  • manyjunkie_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Sonora

    hola, quisiera que me dieran una asesoria sobre un asunto que esta perjudicando a mi madre:
    hace 3 años fallecio mi padre y dejo un seguro de vida, los hijos que ya eramos mayores de edad nos deslindamos de querer nuestra parte del dinero para dejarselo a mi madre, una abogada del INAPAM Lic. Eva Maria Hernandez tomo su caso y le dijo en 8 mese resolvia lo del cobro y que no tendria problemas, hasta la fecha lleva mas de 3 años y no le ha dado resultado alguno mas que pedirle para copias y copias, la cita porque según ya esta liberado el pago y el mero día resulta que aún no, le ha puesto miles de prtetextos para alargar y cobrar por cada vez que saca copias; mi pregunta es:
    ¿es normal tanto tiempo para cobrar un seguro de vida? y si no es así donde puedo denunciar a esta tipa y exigir devuelva todos los miles que le ha sacado a mi madre entre copia y copia, de igual modo donde podria checar si el pago se libero; gracias de ante mano por el tiempo que se tomaron en responderme

     

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  • Autor
    Respuesta No: 384768

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Al contratar su padre ese seguro de vida, él mismo designó el beneficiario que tendría derecho a cobrar la suma asegurada a su fallecimiento.

    Lo único que tienen que hacer es, si cuenta con copia de la póliza o el contrato, verificar a quien designó beneficiario, para que se presente a la aseguradora con copia certificada del acta de defunción de su padre y el original de la identificación de quien sea beneficiario, e inicie ahí mismo los trámites para el pago.

    Respecto de lapersona que dice que les pide constantemente dinero para copias, no señala si les da recibo de las cantidades que le entregan; pregúntele qué trámite está llevando a cabo, ante qué juzgado y que les proporcione el número del expediente; con esos datos, acudan al Juzgado en que se lleve el juicio sucesorio y verifiquen si efectivamente se está llevando o no el procedimiento.



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