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INCUMPLIMIENTO DE SENTENCIA DE AMBAS PARTES
- Consulta : 265288
- Autor : zevlag_77_NR
- Publicado : Lunes 11 de Mayo de 2015 12:50 desde la IP: 187.178.188.3
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,134
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 11 de Mayo de 2015
Estado de Referencia: Distrito Federal
Hace 12 años me divorcie y la sentencia quedo en 50% de Pensión alimenticia para la señora y mis dos hijas. Hasta ahora me doy cuenta que ella no tenía por qué recibir pensión, porque ella trabajo durante el matrimonio. Los primeros años di la pensión pero la señora nunca dejo que yo conviviera con mis hijas, me las escondía. Llego un momento en que no aceptó el dinero y me dijo que ella no necesitaban de mí, y así dejamos todo. Apenas hace 2 años, mis hijas que están a punto de cumplir 18 años comenzaron a convivir conmigo, porque le insistieron a su mamá que querían verme, y gracias a Dios por fin estoy conviviendo con ellas, comenzando desde cero, porque aún es extraño reunirte con tus hijas después de tantos años sin verlas, y lo mismo les ocurre a ellas. Ahora desde que comenzamos a convivir, le mando dinero a su mamá para mis niñas.
El punto es que ahora su mamá de mis niñas, me va a demandar por retroactivo de pensión alimenticia por no haberle dado en los años que ella desapareció con mis hijas. Hasta cierto punto lo entiendo, pero y que hay de ella? Ella no puede ser multada o algo por el estilo, por no haber dejado convivir a mis hijas conmigo? Porque si los dos no cumplimos con la sentencia, ella tenga que salir limpia de esta situación. Se puede hacer algo?
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 379387
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Fecha de respuesta: Lunes 11 de Mayo de 2015 13:13 2015-05-11 13:13 desde IP: 187.176.101.171
No, su ex cónyuge no puede ser multada ni sancionada en ninguna forma por haberse opuesto a las convivencias, pues usted también es responsable de ello, dado que desde la primera ocasión en que se negó a que sus hijas y usted continuaran la relación paterno-filial, mediante el incidente correspondiente pudo promover la ejecución de la sentencia.
Por el contrario, con independencia de que usted conviviera o no con sus hijas, si sus hijas no han adquirido aun lamayoría de edad, su ex-cónyuge si puede reclamarle a usted el pago de las pensiones alimenticias que dejó de cubrir, mediante el incidente de liquidación que promueva, también en ejecución de sentencia; si sus hijas ya cumplieron la mayoría de edad, entonces ellas serían quienes tendrían que promover el incidente respectivo, pues su madre dejó de tener la representación legal.
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