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CANCELACIÓN PÓLIZA DE SEGURO DE AUTO.
- Consulta : 262642
- Autor : eriber16_NR
- Publicado : Martes 14 de Abril de 2015 17:02 desde la IP: 187.148.133.121
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,070
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 14 de Abril de 2015
Estado de Referencia: Jalisco
Buenas tardes, ojalá alguien me pueda orientar.
Hace un año mi entonces jefe me pago una póliza de seguro de mi auto porque él no podía darme auto, que era una de las prestaciones, y estaba yo usando mucho el mío, se me venció el seguro y ofreció dármelo como prestación. Él jamás tuvó comunicación con el agente de seguros, la que lo tenía era la encargada de RH, porque , además, era su amigo. Después el agente me marco varias veces para un gravamen, de las ventanas del auto, en Junio le mande un correo preguntando de mi póliza, si todo estaba bien y demás, porque mi ex jefe me corrió, me dijó que si. En Diciembre del 2014 íbamos a salir de viaje en carretera, a Toluca, y le marqué, para verificar que todo estuviera bien con la póliza y que me indicará qué hacer en casod e percance, me dijó que todo estaba bien y me dió indicaciones. Ahora que toca renovar mi pólia, marqué a la cía de seguros y resulta que mi póliza anterior se canceló en Junio del año pasado. No tuvé seguro todo este tiempo, la póliza, obviamente, igual que el coche, estaba a mi nombre. Pero además el hombre está mintiendo diciendo que su cliente es mi jefe, que trató directamente con él y que el jamás en su vida ha siquiera cruzado palabra conmigo. Qué puede proceder? Es legal que se cancele una póliza si no lo hace la persona a la que está a nombre?
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 378043
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Fecha de respuesta: Viernes 17 de Abril de 2015 16:02 2015-04-17 16:02 desde IP: 201.141.215.194
Buenas tardes.
En atención a su pregunta nos gustaría asesorarle e informarle que una cosa es la relación que se crea entre el agente de seguros (Si es que era agente de seguros la persona que se supone continuó su tramite con la compañía) y la aseguradora.
Los agentes son vendedores de pólizas (Por un decir) y de acuerdo al tipo de agente, unos pertenecen a las aseguradoras y pueden llegar a tener alguna responsabilidad y otros no tienen ninguna relación.
Lo que debió suceder, es que de acuerdo al artículo 40 de la Ley sobre el Contrato de Seguro, la aseguradora cancela el seguro por falta de pago de la prima, y no se trata de que otra persona haya cancelado el seguro, sino que nunca debió haberse pagado la prima y se cancelo automáticamente. Su jefe, su encargada y el agente de seguros solo la mantuvieron bajo el engaño de que se pago la prima y se dio tramite al seguro, pero no debieron hacerlo hecho de verdad, por ende, no se puede hacer nada ya que no tiene constancias de que haya existido la obligación de pago del seguro, o ¿Si?
Si llegase a tener algún problema derivado de su seguro, le recomendamos que acuda a la CONDUSEF o si gusta (Lo decimos sin fines publicitarios), puede consultarnos de forma gratuita vía electrónica en nuestro mail para una asesoría.
“PEGSA ABOGADOS - ESPECIALISTAS EN SEGUROS PRIVADOS”
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