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HERENCIA CON TESTAMENTO

  • Consulta : 261058
  • Autor : coreytss66613_NR
  • Publicado : Domingo 29 de Marzo de 2015 04:51 desde la IP: 187.170.52.237
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,120
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  • Autor
    Consulta

  • coreytss66613_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México
    Hola y muchas gracias por la atencion. La situacion es la siguiente: mis abuelos se casaron con bienes mancomunados, mi abuela murio primero 2007 y dejo testamento donde se parte de la casa la repartio entre sus 7 hijos. Paso el tiempo pero no hicieron valido el testamento. Unos años despues mi abuelo hizo otro testamento y dejo a mi mama como heredera universal y albacea , mi abuelo murio en el 2011 ya le dije a mi mama que se debe hacer los tramites correspondientes. Mi pregunta e. Si mi mama es la dueña de la casa o tiene mas porcentaje de la misma. Si se quiere cambiar las escrituras, ¿como quedan los dueños?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 376994

  • Lic.Marco Cuevas
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Haber, se tiene que realizar la sucesión testamentaria de la Sra y del Sr. ya que la vivienda, al morir la Sra NO se volvió automaticamente propiedad del Sr, sino que el 50% de dicha vivienda estaba repartido entre los 7 herederos que la Sra nombró en su herencia.

    Por lo tanto, el otro 50%, el del Sr., si este en su testamento, declaro a una sola de sus hijos como heredera universal, esto sig. que esa hija es heredera del 50% de la casa por parte del padre, MÁS el 7 punto y tantos por ciento que le corresponde por parte de la madre.

    Es decir, los herederos del inmueble son, 57.14% de la casa, y sus otros seis hermanos, cada uno tiene derecho sobre del 7 punto y tantos por ciento del valor de la propiedad.

    Ahora bien, para que ella pudiera quedar como la total propietaria del bien inmueble, lo que debe de hacer es promover los dos juicios sucesorios, y en el de la Sra, hacer que sus hermanos repudien en su favor su parte de la herencia, esto lo puede hacer comprandole a estos hermanos (dandoles el 7% del valor de la vivienda a cada uno), para que el 50% de la Sra le sea declarado a ella, y en el otro juicio sucesorio, el del Sr, igual es promoverlo e indicar que en juicio sucesorio previo ya se le declaro a ella como dueña del 50% ya que los hermanos repudiaron la herencia en su favor, por lo que al ser heredera universal del sr, le corresponderia el otro 50%, así en la sentencia se le adjudicaria el 100% de la vivienda a ella, y ya entonces procederia con todo el papeleo correspondiente de las escrituras.

     

    Suerte.



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