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LAS ASOCIACIONES O JUNTAS DE COLONOS QUE TIPO DE SOCIEDAD SON?

  • Consulta : 259918
  • Autor : norbertojuarez_NR
  • Publicado : Miércoles 18 de Marzo de 2015 18:23 desde la IP: 189.169.58.212
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,149
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  • Autor
    Consulta

  • norbertojuarez_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Jalisco

    Mi pregunta es acerca del tipo de sociedad legal que debe tener una asociación, junta o comité de colonos; si deben llevar contabilidad y presentar declaración ante el SAT.

    Gracias por el apoyo que puedan brindarme.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 376309

  • lic valdés
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    A modo de orientación en tu busqueda de información, te encamino con los siguientes datos:
     
    DEL RÉGIMEN DE LAS PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCRATIVOS
    Ley del Impuesto Sobre la Renta
    Artículo 79. No son contribuyentes del impuesto sobre la renta, las siguientes personas morales:
    XVIII. Asociaciones civiles de colonos y las asociaciones civiles que se dediquen exclusivamente a la administración de un inmueble de propiedad en condominio. 
     
    Artículo 81. Las personas morales a que se refiere este Título, a excepción de las señaladas en el artículo 86 de esta Ley, de las sociedades de inversión especializadas en fondos para el retiro y de las personas morales autorizadas para recibir donativos deducibles en los términos de la misma, serán contribuyentes del impuesto sobre la renta cuando perciban ingresos de los mencionados en los Capítulos IV, VI y VII del Título IV de esta Ley, con independencia de que los ingresos a que se refiere el citado Capítulo VI se perciban en moneda extranjera. Para estos efectos, serán aplicables las disposiciones contenidas en dicho Título y la retención que en su caso se efectúe tendrá el carácter de pago definitivo. Las sociedades de inversión de deuda y de renta variable a que se refiere el artículo 87 de esta Ley no serán contribuyentes del impuesto sobre la renta cuando perciban ingresos de los señalados en el Capítulo VI del Título IV de la presente Ley y tanto éstas como sus integrantes o accionistas estarán a lo dispuesto en los artículos 87, 88 y 89 de la misma Ley.
     
    Pero si sólo requieres respuesta a tus preguntas, las respuestas son:
    Tipo de sociedad: Asociación Civil de Colonos.
    Si deben de llevar contabilidad: Sí.
    Tienen que presentar declaraciones ante el SAT: Sí.
     
     Saludos.



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