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DESCUENTO DE PENSION ALIMENTICIA

  • Consulta : 259524
  • Autor : arqmonge_NR
  • Publicado : Sábado 14 de Marzo de 2015 00:53 desde la IP: 187.172.169.116
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,114
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  • Autor
    Consulta

  • arqmonge_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Nuevo León
    Actualmente otorgo una pension alimenticia, pero quien la recibe no hace uso adecuado de ella. Puedo sufragar gastos de colegios y otros para los cuales fue establecida la pension y descontarlos del monto que otorgo mensualmente? Deseo asegurar que a la pension se le de el uso para el que fue otorgada. Gracias LM

     

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  • Autor
    Respuesta No: 376011

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    No, usted debe cumplir con el pago de la pensión alimenticia en los términos establecidos en la sentencia que la decretó; si hae el pago de gastos de volegio y otros directamente, ello no lo releva de pagar la pensión por la cantidad a que fue condenado.

    Además, usted no puede exigir a los acreedores alimentarios la rendición de cuentas respecto del destino que se da a dicha pensión.



  • Autor
    Respuesta No: 376082

  • Lic.Marco Cuevas
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Exactamente, ahora bien, si usted cuenta con pruebas de que no se está pagando la educación de los hijos, o tienen muchas carencias, puede llamar la atención del juez sobre esos hechos, pero como lo dijo el Lic. Cadena, el que usted pague directamente los servicios (educación, alimentos, vestido) no lo exime del pago de la pensión.



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