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DESALOJAR ARRENDATARIO SIN CONTRATO
- Consulta : 257094
- Autor : ejuz65_NR
- Publicado : Viernes 20 de Febrero de 2015 21:05 desde la IP: 187.195.245.185
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,184
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 20 de Febrero de 2015
Estado de Referencia: Tamaulipas
Hace veinte y tres meses le rente la casa a un matrimonio. Me pagaron tres meses menos de la mitad de la renta por que iban a arreglar parte de la casa (pintura e impermeabilizar). Sin embargo ya no me han pagado y al contrario quiere que yo le pague por los arreglos que hizo y no se quiere salir. No hay contrato escrito. Así que si me pueden decir como la saco de mi casa, me harían un inmenso favor. Sra. Elsa Zozaya
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 375046
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Fecha de respuesta: Viernes 20 de Febrero de 2015 21:33 2015-02-20 21:33 desde IP: 189.217.27.14
Si no tiene contrato por escrito debe demandar juicio reivindicatorio. Necesita de abogado especialista en la materia pero corra lo más lejos que su teclado le permita de cuanto coyote se pone a sus órdenens en esta página de asesoría gratuita publicando datos de contacto, ya que corre peligro. Cuídate a ti mismo y mucho ojo.
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Autor
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AutorRespuesta No: 375055
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Fecha de respuesta: Sábado 21 de Febrero de 2015 03:06 2015-02-21 03:06 desde IP: 187.188.72.17
Ochoa, te falto: Y cuenteselo a quien mas confianza le tenga.
PD Alejese se Toca o similares.
Saludos colega.
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Autor
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AutorRespuesta No: 375058
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Fecha de respuesta: Sábado 21 de Febrero de 2015 08:54 2015-02-21 08:54 desde IP: 201.137.21.221
Lo que procede es que promueva en via de jurisdiccion voluntaria con testigos, la existencia del contrato verbal de arrendamiento y con las copias certificadas del testimonio, demande la desocupacion del inmueble y el pago de las rentas que le adeuden. Atte. Lic. J. L. Camacho
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Autor
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AutorRespuesta No: 375063
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Fecha de respuesta: Sábado 21 de Febrero de 2015 10:50 2015-02-21 10:50 desde IP: 187.233.145.210
ejuz65:
Desde mis épocasde estudiante miembro del "Bufete Jurídico Popular" de la Facultad de Derecho de la UNAM, aconsejé que en casos como el de usted, sea iniciada una querella por el delito de despojo, pues está claro que la contraparte declarará que en vez de delito existe un contrato de arrendamiento, así que bastará que después de su declaracion, usted obtenga copias certificadas de la misma y con ellas inicie el juicio de rescición de contrato.
Si la contraparte omite mencionar el monto de las rentas o menciona uno inferior, usted tiene que elaborar la demanda civil reclamando rentas cuyo monto sea consecuencia de una prueba pericial en materia de avalúos..
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Autor
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AutorRespuesta No: 375065
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Fecha de respuesta: Sábado 21 de Febrero de 2015 10:59 2015-02-21 10:59 desde IP: 201.141.104.84
Es correcta la respuesta del abogado camacho (saludos) por lo que me adhiero a la misma.
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Autor
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AutorRespuesta No: 375074
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Fecha de respuesta: Sábado 21 de Febrero de 2015 13:37 2015-02-21 13:37 desde IP: 201.141.104.84
Únicamente agrego a la respuesta del licenciado camacho que las diligencias de jurisdicción voluntaria debe ser con citación a la contraria para que este (arrendatario) este en posibilidad de formular a través de su abogado preguntas a los testigos ofrecidos por el promovente.
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