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RENUNCIA VOLUNTARIA

  • Consulta : 255419
  • Autor : mrafael40
  • Publicado : Jueves 05 de Febrero de 2015 15:15 desde la IP: 187.205.229.135
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,111
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  • Autor
    Consulta

  • mrafael40
    USUARIO REGISTRADO

    Hola, tengo15 años laborando para la misma empresa. Si decido renuniar ¿a qué tengo dereho? ¿tego derecho a indemnización ? Gracias.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 374029

  • Pasante
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    estimado rafael

    tiene derecho a 

    pago de prima de antiguedad articulo 162 de la ley federal del trabajo, ok

    pago de prima vacacional

    pago de vacaciones

    y pago de aguinaldo, ok

    y pago de salarios devengados



  • Autor
    Respuesta No: 374030

  • Alberto081
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    LA PRIMA DE ANTIGUEDAD SOLO SE PAGA CUANDO ES DESPIDO

    en tu caso no aplica ya que es renuncia voluntaria



  • Autor
    Respuesta No: 374032

  • Pasante
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    joven o señor alberto

    usted se haya en un error

    claro que procede el pago de la prima de antiguedad respecto al consultante, ok

    busque jurisprudencia y saldra del error, ok 



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