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ME PUEDEN RESTRINGIR MI SERVICIO DE GAS EN UN CONDOMINIO
- Consulta : 255202
- Autor : pacojuarez
- Publicado : Miércoles 04 de Febrero de 2015 07:49 desde la IP: 189.202.227.204
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,135
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 04 de Febrero de 2015
Hola que tal, por este medio deseo realizar la siguiente consulta. Vivo en un conjunto condominal de 12 edificios y mi edificio lo integran 12 condominos. Deseo pagar la cuotas administrativas de mi torre y consumo de gas, no así las cuotas administrativas de las areas comunes externas a mi torre derivado de la falta de atencion, presencia, autoridad y multiples problemas y observaciones legales y contables del administrador general. Deseo acudir a PROSOC y realizar la queja correspondiente y de ser el caso, consignar dicho pago. Mi pregunta es si al no pagar de forma completa mi cuota de mantenimiento me puede restringir el servicio de gas el administrador de la torre en donde vivo?. Que me sugieren...??. Muchas gracias.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 373831
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Fecha de respuesta: Miércoles 04 de Febrero de 2015 10:32 2015-02-04 10:32 desde IP: 201.141.135.78
A Usted no le pueden suspender ni limitar ningún derecho sin juicio previo en el que funden la causa legal del procedimiento y se le dé el derecho a la defensa. Por lo que en caso de la suspensión arbitraria de algún servicio ya sea de gas, o agua o cualquier otro, estarían cometiendo el delito de despojo lo que lo falcultaría para querellarse ante el M.P.
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AutorRespuesta No: 374005
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Fecha de respuesta: Jueves 05 de Febrero de 2015 13:05 2015-02-05 13:05 desde IP: 189.202.227.204
Que tal, buenas tardes, antes que nada muchas gracias por su respuesta. Independientemente de que en Asamblea de Condominos se determine que aquellos vecinos morosos se les restrinja el servicio de gas, deseo preguntarle si es o no porcedente la restriccion del gas aun un servidor pague parte de su mantenimiento?.
Muchas gracias.
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AutorRespuesta No: 374074
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Fecha de respuesta: Viernes 06 de Febrero de 2015 02:50 2015-02-06 02:50 desde IP: 201.141.131.78
¿Qué parte de "Nadie" puede suspenderle sus derechos sin previo juicio no se entendio? La Asamblea de condóminos no es autoridad, y por lo tanto por mayoria de razón no pueden brincarse a la Constitución. Aunque la mayoría de los condóminos señalen en asamblea que por sus güevos (con todo respeto), se pasarán por los güevos (con Güe de güevos) los derechos consitucionales de los condóminos y por lo tanto le cortarán el gas por su güevos no se entendió. Jamás podrán legalmente limitarle sus derechos constitucionales sin previo juicio. Con todo respeto.
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