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MI ESPOSA SE FUE DE LA CASA Y ME PIDE EL DIVORCIO Y QUIERE PENSION ALIMENTICIA
- Consulta : 255199
- Autor : ricardo_camachogarcia_NR
- Publicado : Miércoles 04 de Febrero de 2015 03:52 desde la IP: 200.78.192.194
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,140
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 04 de Febrero de 2015
Estado de Referencia: Estado de México
ESTE ES MI CASO QUISIERA ME ASESORARAN:
1.- MI ESPOSA SE FUE DE LA CASA A CASA DE SU MAMA Y SE LLEVO A MIS DOS HIJOS DE 6 Y 3 AÑOS
2.- LE HE DEPOSITADO QUINCENALMENTE Y TAMBIEN EN MANO EL GASTO COMO ESTABAMOS ANTES DE QUE SE FUERA E INCLUSO UN POCO MAS
3.-QUIERE QUE NOS DIVORCIEMOS, LA CASA DONDE VIVIAMOS JUNTOS LA TERMINAMOS DE PAGAR CON MI CREDITO DE INFONAVIT ELLA APORTO UNA PARTE, QUIERE PENSION ALIMENTICIA Y APARTE QUE PAGUE LA NATACION , INGLES Y CLASES DE AJEDREZ PARA EL MAYOR Y EL MENOR LA NATACION
NO HE DEJADO DE DARLE DINERO Y COMPRARLES LO QUE NECESITAN MIS HIJOS Y TAMBIEN TIENE VALES DE DESPENSA, MIS HIJOS Y A ELLA LES PAGO SEGURO DE GASTOS MEDICOS MAYORES LOS CUALES NO QUIERE USAR
YO AMO A MIS HIJOS Y NO PERMITE QUE MIS HIJOS COMVIVAN CON MIS PADRES Y HERMANOS
ME ECHA EN CARA QUE COMO SAQUE UN AUTO PARA TRANSPORTARME SOY UN EGOISTA ETC...
YO NO QUIERO EL DIVORCIO POR LA ESTABILIDAD EMOCIONAL DE MIS HIJOS PERO EL PROCEDER DE ELLA ME HACE PENSAR LO CONTRARIO QUIERO LO MEJOR PARA MIS HIJOS ESTOY EN UN DILEMA
TAMBIEN QUIERE QUE SE VENDA LA CASA Y NO ESTOY DE ACUERDO ES PARA MIS HIJOS
ELLA PUEDE TRABAJAR Y CON BUEN SUELDO CON SU ANTIGUO JEFE TENDRIA QUE APORTAR PENSION ELLA TAMBIEN?
POR QUE ME ECHA EN CARA QUE A ELLA NO LE DOY NADA
QUE PUEDO HACER?
GRACIAS.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 373937
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Fecha de respuesta: Miércoles 04 de Febrero de 2015 21:58 2015-02-04 21:58 desde IP: 187.201.147.40
CONSULTANTE ricardo_camachogarcia_NR,
Presente:
Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a su pregunta jurídica, le comento lo siguiente:
Los Códigos Civiles del Distrito Federal y del Estado de México, establecen la procedencia del divorcio sin causa, que procede si uno o ambos cónyuges manifiestan su voluntad de no querer continuar con el matrimonio, sin la obligación de expresar el motivo del divorcio. De modo que la simple solicitud de divorcio firmada por uno o ambos cónyuges, es suficiente para que el Juez de lo Familiar decrete la disolución del matrimonio, de un modo legal y ágil. Usted puede solicitar su divorcio express en el Distrito Federal y en el Estado de México, si ahí tiene o tuvo su domicilio conyugal, sin importar donde se haya casado.
Requisitos:
1. Que su domicilio conyugal sea o haya sido en el Distrito Federal o en el Estado de México, y que tengan al menos un año de casados.
2. Solicitar el divorcio express por escrito a petición de uno sólo de los cónyuges, o si están de acuerdo por ambos, procede en las dos situaciones.
3. Presentar una propuesta de convenio que contenga la relativo a la partición de bienes, a la guarda y custodia, el horario de visitas y la pensión alimenticia, en caso de que haya hijos y bienes.
4. Una vez presentada la solicitud, se notificará a su cónyuge a través del Juzgado, quien tiene 15 días hábiles para formular contrapropuesta de convenio.
5. Realizada la contrapropuesta de convenio por la parte demandada, el Juez fijará fecha y hora para una audiencia de conciliación que versará sobre los puntos controvertidos de ambas propuestas de convenio; si subsisten las controversias en los puntos de las propuestas de convenio presentadas por las partes, el Juez decretará el divorcio.
6. Sí no hubiera contrapropuesta de convenio de la parte demandada, el Juez decretará el divorcio sin más trámite.
7. Decretado el divorcio, quedan a salvo los derechos de los cónyuges para hacerlos valer en vía incidental, únicamente respecto al contenido de las propuestas de convenio en las cuales no se hayan puesto de acuerdo.
Documentos necesarios:
1. Acta de matrimonio.
2. Actas de nacimiento (en caso de tener hijos).
3. Documentos para acreditar la propiedad de los bienes inmuebles adquiridos en sociedad conyugal (en su caso), avalúo de dichos inmuebles, sus capitulaciones matrimoniales, estos sólo en caso de que tengan bienes inmuebles comprados durante el matrimonio en sociedad conyugal (bienes mancomunados.)
Por lo que le aconsejo que se asesore cuanto antes de un abogado que sea experto en MATERIA FAMILIAR, de esta forma tendrá garantizado el éxito de su asunto, y si no cuenta con los recursos económicos para pagar los honorarios de un abogado particular, PUEDE RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, espero que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.
Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.
ATENTAMENTE
MORALES Y CIA ABOGADOS
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