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CON QUIEN SE ACUDE PARA UN CONTRAO DE COMPRA VENTA PARA UNA MITAD DE CASA Y QUE SE NECESITA

  • Consulta : 254034
  • Autor : blancaaurora_NR
  • Publicado : Viernes 23 de Enero de 2015 17:23 desde la IP: 189.154.60.195
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,122
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  • Autor
    Consulta

  • blancaaurora_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Nuevo León

    me quieren vender la mitad de una casa en ciento sesenta mil y le voy a dar  sesentamil  y loque resta en mensualidades me va a dar una carta de juez de la colonia  firmada por testigos,  el juez  y el y yo, y  por mes  el me va adar un pagare por cada mensualidad mi pregunta es tiene valides la carta del juez de la colonia y los pagares, o  que papel se ocupa.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 373214

  • olaguez
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    primero el unico juez son los de los juzgados civiles, penales, familiares, etc, por lo tanto este no tiene ningun derecho para firmar contratos, segudo, no te puede vender la mitad de una casa, para eso necesitas tramitar una sub-division, que no creo que te la puedan dar, y si asi fuera tendrias que ocurrir con un notario, ya se apara realizar un contrato preparatorio o bien tirar la escritura correspondiente



  • Autor
    Respuesta No: 373216

  • Lic. Anguiano
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas tarde:

    No, este tipo de acuerdos so es válido, no existe en México la figura del Juez de la colonia, tenga mucho cuidado, ademas ningun juez esta facultado para firmar ninguna clase de contrato, los contratos se firman unicamente entre particulares contratantes.

    Saludos Cordiales.



  • Autor
    Respuesta No: 373219

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Con independencia de que los foristas que me anteceden, evidentemente ignoran que en el Estado de Nuevo León si existe la figura de Juez de Barrio, que no es una autoridad jurisdiccional, sino un auxiliar de la administración pública municipal, evidentemente, como ya se lo han señalado, no puede venderse la mitad de una casa; primero, porque no admite cómoda división (Salvo que en la finca estuvieran construidas dos habitaciones completas e independientes una de la otra, por ejempli, una en la planta baja y otra en el primer piso), y segundo, porque toda compraventa de inmuebles debe sujetarse a las formalidades que prevé el Código Civil del Estado de Nuevo León, que señala que debe llevarse a cabo ante Notario Público.



  • Autor
    Respuesta No: 373221

  • Lic. Anguiano
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas tardes:

    Estimado Lic Cadena, efectivamentre ignoraba que en el estado de Nuevo León existe la fogura figura de Juez de Barrio, agradezco su observación, no cabe duda que cada día se aprende algo nuevo.

    Daludos Cordiales.



  • Autor
    Respuesta No: 373224

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Licenciado Anguiano, es una figura eminentemente administrativa, lo que crea confusión en su denominación, ya que es un tramitador de ciertos documentos, como constancias de domicilio o bien, recibir notificaciones en casos en que el actuario, cerciorado de ser el domicilio del demandado, nadie atiende a su llamado, por lo que practica el emplazamiento con dicho juez de barrio, y otras por el estilo (algunas de esas actividades corresponde, en otras Entidades, a las de un jefe de manzana).



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