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PAGARE DE 15 AÑOS ATRAS QUE HAGO???
- Consulta : 253629
- Autor : pitufina28_NR
- Publicado : Martes 20 de Enero de 2015 20:33 desde la IP: 189.234.42.116
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,112
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 20 de Enero de 2015
Estado de Referencia: Guanajuato
Hola escribo para lo siguiente:
Hace una semana me avisaron que en el domicilio que habite hace tres años y que es el domicilio que registra mi IFE actualmente , fueron a notificarme un embargo civil mercantil , por motivo de que no habito ese domicilio hace tres años la persona que habita nego conocerme y recibir cualquier tipo de notificacion por tal motivo , dias despues regresaron con fuerza publica y actuario a realizar el embargo pero como se les demostro que efectivamente no vivia en el domicilio y no era la propietaria se retiraron.
Realmente hice memoria y no recuerdo deber dinero a nadie , no obstante recuerdo que hace quince años un novio mio se accidento y fue infgresado en una clinica particular y le faltaban 2000 pesos para darlo de alta y el en ese momento no traia ife , por lo que me pidio el favor de que le firmamra la letra y que posterior el la recuperaria. La verdad esto lo verifique hasta meses despues que yo ya no andaba con el fui al sanatorio y me dijeron que la letra no estaba alli , por lo que supuse que el la habia liberado.
Ahora tengo mucho pendiente puies son 15 años y me pregunto cuanto sera de intereses , aparte tengo mi casa y temo que se vayan sobre la propiedad ,checando en el registro publico de la propiedad y sobre mis bienes.
realmente nunca he sido una persona morosa , soy madre soltera y recien acabo de terminar de pagar mi propiedad, y es lo unico que tengo de patrimonio junto con todos mis muebles . porfavor alguien que me brinde una altternativa para poder salir bien librada de este problema . no tengo posibilidades de pagar intereses de tanto tiempo, porfavor denme una alternativa -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 372969
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Fecha de respuesta: Martes 20 de Enero de 2015 21:18 2015-01-20 21:18 desde IP: 187.206.118.239
Buenas noches:
Debe hacer menoría, si tiene algún otro compromiso pendiente de pago, pues un pagaré o letra de tantos años definitivamente ha prescrito, esto quiere decir que el tenedor del pagaré ya perdió su derecho de reclamar el pago por el simple transcurso del tiempo.
Ahora bien si el tenedor de ese título de crédito interpuso demande dentro de los primeros 5 años si tiene enderecho a reclamar el pago, ya que la demanda interpuesta dentro de este período, interrumpe la prescripción.
Por otra parte, si el tenedor de ese título de crédito solicita al juez girar oficios al Registro Público de la Propiedad, aparecerá la propiedad registrada a su nombre y este podrá pedir el embargo del inmueble.
Le sugiero asesorarse con un abogado de su localidad.
Saludos Cordiales.
Lic. Anguiano
Cel: 044 55 33 81 49 50
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