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ME LLEGO UN CITATORIO DE INCUMPLIMIENTO DE PENCION ALIMENTICIA
- Consulta : 249687
- Autor : gerrieblood_NR
- Publicado : Miércoles 03 de Diciembre de 2014 13:21 desde la IP: 189.134.138.28
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,119
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 03 de Diciembre de 2014
Estado de Referencia: Estado de México
bueno el citatorio apenas me llego hoy 3 de diciembre 2014 la cuestin es q si he dado lo estipulado son 1000 pesos al mes daba cada semana 300 cuando mi hija venia y le ayudaba con algun material de la escuela cuando no podia le decia que me esperara y sin problemas ,solo q hace como tres meses ya no me trajo mi hija no le di dos veces q eran 600 de dos semanas se molesto y discutimos de ai ya no vino asta este momento q me llego el citatorio no es problema del dinero si no q no me deja ver mi hija mi hija tiene 14 años su mama tiene carrera de enfermera ella se caso alos dos meses del divorcio ya no trabaja y tiene dos hijos mas de su pareja estoy en la mejor disposicion siempre y cuando vea a mi hija ,aparte como empece un ngocio pequeño desde ese momento empeso a venir mas seguido y pidiendome mas dinero no me daba recibo estabamos en un buen acuerdo y no teniamos problemas por eso no le pedia recibo lo que no quiero es darle mas por que me entere de que se lo gasta en otras cosas cuando venian las dos se lo daba a mi hija y una vz que vino sl mi hija le pregunte como hacia las cosas y me dijo que cuando la dejaba en su casa su mama le pedia el dinero y le decia q ella se lo guardaba bueno si me podrian orientar de antemano gracias.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 370936
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Fecha de respuesta: Miércoles 03 de Diciembre de 2014 18:01 2014-12-03 18:01 desde IP: 189.211.135.22
Usted no puede sujetar el pago de la pensión alimenticia para su hija a la condición que la madre le permita las convivencias con la menor; en todo caso, lo que deberá hacer es asistirse de un abogado especialista en Derecho Familiar y demandar de la madre el régimen de convivencias, porque su obligación de alimentos, no es para cuando lo visite su hija, ni tampoco para que la niña le entregue el importe de la pensión.
La pensión debe entregarla a la madre, ya que ella, en su carácter de representante legal y al tener la guarda y custodia de la menor, es la responsable de administrar la pensión alimenticia, así que vaya viendo cómo le hace para que cubra las pensiones alimenticias que ha dejado de pagar, porque de otra forma, el agente del Ministerio Público integrará la carpeta de investigación y lo consignará al Juez de Control.
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