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PENCION PROVISIONAL O DEFINITIVA
- Consulta : 249286
- Autor : skroler7
- Publicado : Viernes 28 de Noviembre de 2014 10:08 desde la IP: 200.56.7.234
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,120
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 28 de Noviembre de 2014
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 370749
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Fecha de respuesta: Viernes 28 de Noviembre de 2014 10:21 2014-11-28 10:21 desde IP: 189.236.202.215
Estimado Consultante,
No se trata de que apeles la demanda, sino de que acredites que tu acredor no tiene necesidad de recibir los alimentos y que tu no estas en posibilidad de otorgarlos.
Si no contestas demanda, no ofreces pruebas y haces como que no sabes nada, no solo se convertira en defintiva, sino que además ese porcentaje podrá incrementarse.
Urge te asesores con un abogado especilista en materia familiar, que te apoye. No quieras hacerlo tu solo, ya que unicamente complicaras todo el asunto.
Saludos cordiales.
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