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INCAPACIDAD FALSA
- Consulta : 246343
- Autor : monicaguenthelxoxo_NR
- Publicado : Lunes 27 de Octubre de 2014 22:51 desde la IP: 201.138.152.93
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,131
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 27 de Octubre de 2014
Estado de Referencia: Aguascalientes
hola.espero puedan asistirme.hay un trabajador en la empresa donde trabajo que tuvo un accidente en su casa (no laboral) se lastimo la pierna. Le dieron incapacipad en el imss por 1 mes, despues otro y otro, ya pasaron 3 meses! El dr le dio indicaciones de cuidarse pero descubrimos que el lleva una vida normal y se lastima a proposito para que le sigan incapacitando y pagando el (60%) Descubrio que esta muy agusto en casa recibiendo 30mil pesos por no hacer nada de los 50mil pesos que recibia cuando tenia que trabajar.Que puede hacer la empresa si no puede contar con ese trabajador y el se incapacita a proposito. Como se le despide para contratar a un empleado que si quiera trabajar??? El IMSS incapacita a trabajadores aunque finjan por tiempo indefinido? Para la lesion que tuvo ya deberia estar recuperado y de regreso en sus labores. GRACIAS -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 369068
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Fecha de respuesta: Lunes 27 de Octubre de 2014 23:07 2014-10-27 23:07 desde IP: 189.211.135.22
Primero, debo aclararle que los certificados de incapacidad que su trabajador exhibe, no son falsos, pues le están siendo expedidos por la Institución de Seguridad Social en que se encuentra inscrito; por tanto, usted como patrón no puede desconocer el valor del documento para justificar el ausentismo en que incurre, ya que de conformidad con la Ley Federal del Trabajo, derivado de ese padecimiento, cierto o simulado, po rel que está siendo incapacitado, la relación laboral con la empresa se encuentra suspendida.
Por tanto, usted no puede despedirlo justificadamente, y si a pesar de ello lo hace, entonces tendrá que sufrir las consecuencias si el trabajador demanda al patrón, pues puede reclamar su reinstalación en el empleo, y no necesariamente la indemnización por despido.
Lo más recomendable sería que, el representante legal de la empresa, tuviera una plática con el personal directivo de la unidad médica en que su trabajador recibe atención médica; por un lado, podríanobtener información exacta y precisa del padecimiento incapacitante que sufrió y, por otro, podrán hacerles saber la conducta indebida del empleado, para que la Institución tome las medidas pertinentes que, inclusive, podrían ser el hospitalizarlo para que pueda recuperarse.
De cualquier forma, no tome ninguna acción ni lleve a cabo ninguna decisión, si no se encuentra debidamente asistido de un abogado especialista en Derecho Laboral que le de la orientación que requiera.
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