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RECUPERAR EL ISR
- Consulta : 244258
- Autor : royvelgon_NR
- Publicado : Martes 07 de Octubre de 2014 19:28 desde la IP: 189.148.107.202
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,107
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 07 de Octubre de 2014
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 367373
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Fecha de respuesta: Martes 07 de Octubre de 2014 20:42 2014-10-07 20:42 desde IP: 189.155.239.71
Requiere de la institucion en la que trabaja le de una constancia de retenciones de los ultimos cinco años y solo estos cinco años tiene derecho a solicitar la devolucion, los demas años ya estan prescritos....la devolucion se solicita ante el SAT y necesita un Contador que realice el tramite........
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