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CONSULTA , ESTADO DE MéXICO
- Consulta : 242365
- Autor : andre_sh_NR
- Publicado : Viernes 19 de Septiembre de 2014 15:49 desde la IP: 201.141.201.176
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,109
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 19 de Septiembre de 2014
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 366041
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Fecha de respuesta: Viernes 19 de Septiembre de 2014 17:22 2014-09-19 17:22 desde IP: 187.199.163.90
andre_sh:
Regrese con el agente del Ministerio Público e insista en levantar el acta por amenazas, alegando que, si bien es cierto que es inexistente el delito mencionado, el Código Penal establece que se puede levantar el acta por amenazas nada más para que quede como antecedente y se pueda usar si es que la amenaza se cumple.
Si el agente del Ministerio Público todavía se niega a levantar el acta, entonces dígale que se quejará tanto en la Visitaduría y la Contraloría de la Procuraduría así como en la Comisión de Derechos Humanos, y que estas quejas le ocasionarán que tenga más trabajo que hacer (informes, declaraciones, etc...) que el trabajo de levantar el acta, pero además el agente del Ministerio Público se expone a que lo sancionen por faltas administrativas.
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