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RENTAR DEPARTAMENTO INTESTADO

  • Consulta : 242010
  • Autor : angelm183_NR
  • Publicado : Martes 16 de Septiembre de 2014 16:19 desde la IP: 189.217.24.29
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,124
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  • Autor
    Consulta

  • angelm183_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    ¿Se puede rentar un departamento que este en juicio de intestado? 

     

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  • Autor
    Respuesta No: 365767

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    debe celebrar el contrato el albacea... debe inscribir el vontrato en la tercera seccion. del juicio sucesorio... debe el albacea cobrar la renta. y consignarla en el juzgado... toda... para que forme capital que en el momento de ñarticipacion ... adjudicacion... y pago de gastos... se reparta...



  • Autor
    Respuesta No: 366000

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    En complemento a todas las respuestas anteriores, por ley el albacea solo puede dar en arrendamiento el o los inmuebles que conforman la masa herederitaria por un plazo de un año, para celebrar contratos de arrendamiento mayores a un año debe contar con el consentimento y autorización por escrito de la mayoria de los coherederos. 

    Si usted consultante desea celebrar contrato de arrendamiento en carácter de arrendatario debe cerciorarse de que la persona que represente a la sucesión cuente con el nombramiento de albacea en copia certificada. 



  • Autor
    Respuesta No: 366002

  • Pasante
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    estimado consultante

    en el caso que quien rente el departamento intestado no cumpla con lo que la ley civil ordena, incurrira en delito y podra ser denunciado por el albacea ante una agencia del ministerio publico investigador, ok 



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