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NO CUMPLE CON LA OBLIGACIóN PACTADA EN CONVENIO

  • Consulta : 239801
  • Autor : froynico_NR
  • Publicado : Martes 26 de Agosto de 2014 16:02 desde la IP: 187.166.190.249
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,116
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  • Autor
    Consulta

  • froynico_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    quisiera que me orientaran, con respecto a mi problema. me divorcie de mi marido en el 2012, el me demando el divorcio por la via necesaria y luego se cambio y celebramos un convenio, me quede con mis dos hijos y me tenia que dar una pension mensual,  dejo garantia en el juzgado de 10 mil. pero a la fecha no me ha dado la pension y no ha visitado a mis hijos, una abogada intento sacar la garantia, pero el juez no lo dio pues dice que es para los menores, se hizo un escrito en el que se dijo al juez, que no se ha cumplido con la obligacion del comvenio, pero el juez mando a notificar al papá para que acreditara al juez que si ha cumplido con la pension pero el domicilio que dio en el convenio dijeron que no vive en ese lugar y que no ha vivido ahil, entonses se notifico en el domicilio donde vive su mama pero no hizo nada. la chica que me esta ayudando con mi caso dice que tengo que buscar el domicilio para notificarlo demanera personal. pero yo se que vive con su mama, que es en donse llevo la notificacion pero quien sali a recibirla dijo que no vive ahi, ¿que puedo hacer? consulte con otro aboghado y me dijo que hay que inicir otro juicio para poder demandarlo en el ministerio público por incumplimiento de obligaciones, ¿no se puede hacer nada pora sacar el dinero que dejo en el juzgado como garantia? 

     

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  • Autor
    Respuesta No: 363926

  • rosa isela
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    tu abogada debio presentar el incidente de liquidaion de intereses y soliitar la garantia y si se tiene q notificar al demandado en caso de  no lo encuentre tiene q hacerlo por edictos y buscar donde esta trabajando para ser notiificado



  • Autor
    Respuesta No: 363928

  • rosa isela
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    perdon es liquidacion de pensiones caidas

    y si tambien paralelo a lo civil se puede presentar la denuncia via penal por el delito de incumplimiento de obligaciones alimentarias



  • Autor
    Respuesta No: 363934

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    tienes razon rosa isela... debio la abogado... promover incidente de faklta de pago de pensiones y presentar en forma una liquidacion por escrito de las pensiones que ha dejado de ministrar... dando vista en el domicilio que señalo para que el actuario fuera y lo hiciera bajo constancia....

    una vez que se haya hecho bien... el juez al ver que no se contesto la vista.... valorara si ya que cumpkio y se te entregara la suma que se haya acumulado... como garantia y solo por las que se hubieran acumulado... si es mayor el monto de la deuda que el monto en garantia... se te entregara toda...

    de ese momento... comienza a correr la obligación alimentaria... que deberá hacer todo lo posible por notificarla por medio de actuario en forma personal....

    cuando ya se pueda demostrar que si se le notifico y no da pensión...

    que no se le puede notificar... porque vario el domicilio o mintio en el mismo...

     

    es cuando puedes iniciar la acción penal de incumplimiento de las obligaciones de asistencia familiar...

    no es y nunca será un nuevo juicio...

    ya que de hacerlo así... al ser detenido... puede aducir que hay una garantia que nunca cobraste... y saldra y se esfumara el supuesto de delito... dinero ahi hay...lo que pasa es que tu no lo cobras... o no lo sabes pedir... o no lo sabes cobrar...



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