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ES LEGAL COMPARTIR ELECTRICIDAD CON TU VECINO?
- Consulta : 239714
- Autor : manuel.medina.pozos_NR
- Publicado : Lunes 25 de Agosto de 2014 18:35 desde la IP: 148.241.235.134
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,181
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 25 de Agosto de 2014
Estado de Referencia: Puebla
Hola buenas tardes
En varias ocasiones he buscado algunas cuestiones legales en google y me ha enviado a este sitio, el cual veo que tiene bastante participación de personas preparadas y es por eso que me decido a hacer mi consulta en este foro.
Resulta que hace algunas semanas cortaron la luz en la casa donde vivo por un adeudo que se tiene y que está arreglando el dueño. Yo conozco al dueño y pues me esta dejando vivir en su casa por una pequeña renta. Bueno el caso es que cuando cortaron la luz, el vecino me ofreció pasarme luz, a lo cual yo no supe que decir, pues no sabía si es legal o no. El caso es que argumentabamos que en realidad no es robo de electricidad, pues todo lo que se consuman en las dos casas se verá reflejado en el medidor y aunque la tarifa subirá es algo que se deberá pagar.
Dada nuestra conclusión se hizo un puente desde su break principal al mio y pues tengo luz. De cualquier forma no quede totalmente convencido de que pudieramos hacerlo y es por esto que les hago esta consulta.
Saludos a todos y de antemano muchas gracias por sus respuestas -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 363818
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Fecha de respuesta: Lunes 25 de Agosto de 2014 19:39 2014-08-25 19:39 desde IP: 189.234.166.90
para ti no es delito... para cfe... es robo de fluido electrico...
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Autor
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AutorRespuesta No: 364300
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Fecha de respuesta: Jueves 28 de Agosto de 2014 16:43 2014-08-28 16:43 desde IP: 148.241.235.132
Hola
Una pregunta....no es que no le crea, pero esto se puede confirmar en algún reglamento o ley?. Donde podemos revisar dicho documento?
Y tal vez pareceré necio, pero mi desconocimiento en estas leyes me hace pensar en la siguiente analogía. SI mi vecino se queda sin agua, y se me ocurre pasarle agua también aplica como delito? Digo porque al igual que la luz, el agua es un servicio que me proveen a mi nombre, pero lo estoy regalando agua a mi vecino al fin la tendré que pagar.
Saludos
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Autor
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AutorRespuesta No: 364312
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Fecha de respuesta: Jueves 28 de Agosto de 2014 19:17 2014-08-28 19:17 desde IP: 187.217.210.35TITULO DECIMOCUARTODelitos Contra la Economía PúblicaCAPITULO IDelitos contra el consumo y la riqueza nacionalesArtículo 253.- Son actos u omisiones que afectan gravemente al consumo nacional y se sancionarán con prisión de tres a diez años y con doscientos a mil díasTITULO DECIMOCUARTODelitos Contra la Economía PúblicaCAPITULO IDelitos contra el consumo y la riqueza nacionalesArtículo 253.- Son actos u omisiones que afectan gravemente al consumo nacional y se sancionarán con prisión de tres a diez años y con doscientos a mil días multamulta,
El Código Penal Federal establece lo siguiente:
Artículo 253.- Son actos u omisiones que afectan gravemente al consumo nacional y se sancionarán con prisión de tres a diez años y con doscientos a mil días multa:
I...V...Artículo 254.- Se aplicarán igualmente las sanciones del artículo 253
IX. Al que sin derecho realice cualquier sustracción o alteración de equipos o instalaciones del servicio público de energía eléctrica.Por supuesto que es delito.
Aunado a que el contrato de energía electrica, establece que el mismo es individual, y es causal de terminación del mismo el hecho de que tu vecino te esté "pasando luz"
Saludos cordiales.
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Autor






