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HORAS EXTRAS

  • Consulta : 238581
  • Autor : fco_ruben_pena_NR
  • Publicado : Lunes 11 de Agosto de 2014 20:25 desde la IP: 177.239.4.70
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,084
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  • Autor
    Consulta

  • fco_ruben_pena_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Aguascalientes

    Buenas tardes; 

     

    Hace 2 años demande el pago de horas extras a una empresa en la que laboraba, mi abogado me comento que ellos faltaron a la audiencia en la que pueden ofrecer las pruebas y que por lo tanto estaban practicamente perdiendo el asunto porque ellos son los que tenian que probar las horas extras. Mi abogado me comento que no metio nincuna prueba mas que presunsion legal y humana, no se que signifique pero me comento que no era necesarias las demas pruebas que me habia comentado en un principio. 

    Eso fue hace mas de un año ,sigo esperando que salga el laudo a mi favor pero tiene mucho que no sale y tengo miedo que mi abogado este equivocado y valla a salir en mi contra. De ante mano muchas gracias por sus opiniones. 

     

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  • Autor
    Respuesta No: 362797

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    A din de poder darle una correcta orientaciín, es necesario saber si la empresa demandada contestó o no la demanda laboral y, en todo caso, si la contestó, que fue lo que manifestó respecto a su jornada y horario de trabajo y, consecuentemente el tiempo extaordinario que le reclamo.

    Lo anterior, porque en algunos casos la carga de la prueba para demostrar que se laboró o no ese tiempo extraordinario, pesa sobre el patróin, pero en otros, sobre el trabajador.



  • Autor
    Respuesta No: 362832

  • rubenpp1984
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    La contestacion se dio en un sentido de negar cualquier adeudo existente, alegando que ya me hicieron el pago de las horas extras y que ademas ya prescribio el derecho para reclamarlas y que basicamente no tenia derecho a reclamar las horas extras.



  • Autor
    Respuesta No: 362838

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si la empresa, en esa contestacióin, no controvirtió que usted hubera trabajado tiempo extraordinario, y en lugar de ello,como usted señala, adujo que le pagaron el tiempo extraordinario, entonces la carga de la prueba le toca a la patronal.

    Sin embargo, si el tiempo extraordinario que usted reclamó, lo trabajo con más de un año de anticipación a la presentación de su demanda, tal reclamación, efectivamente está prescrita,y la prescripción no requiere de ninguna prueba, pues es bastante con que se analicen las fechas del tiempo extraordinario que usted dijo eb su demanda haber trabajado.

    En consecuencia, sólo podrán condenar al patón a pagar ese tiempo extra trabajado un año antes de haberse presentado la demanda.



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