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DESPIDO JUSTIFIACDO

  • Consulta : 237096
  • Autor : jonnyera_NR
  • Publicado : Viernes 25 de Julio de 2014 16:56 desde la IP: 187.192.150.182
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,111
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  • Autor
    Consulta

  • jonnyera_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Nayarit

    hola buen dia!!

    quisiera saber cuando le toca a un trabajador por depido justificado(robo) que laboro 13 años en la empresa con un sueldo de 75 pesos netos a parte de las vacaciones ,aguinaldo y prima vacacional....... que mas le corresponde?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 361196

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Prima de antigüedad, vacaciones, prima vacacional y aguinaldo.

    Pero para que opera la rescisión de contrato por las faltas de probidad y honradez derivadas del robo que ustd le atribuye al trabajador, es necesario que exista sentencia ejecutoriada que lo declare penalmente responsable del ilícito; si usted lo despide sin que exista esa resolución, entonces el despido se convierte en injustificado.

    Antes de tomar cualquier medida, asístase de un abogado especialista en Derecho Laboral, le saldrá más económico pagarle honorarios, que tener que solventar un laudo condenatorio en su contra.



  • Autor
    Respuesta No: 361206

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    y un coche... si... un auto... de formal prision... el robo se persigue de oficio.ñ. y todavia quiere que lo premien. con una liquidacion....



  • Autor
    Respuesta No: 361211

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Garovalo, además de aprovechar la ocasión para enviarte un cordial saludo, debo señalar que el consultante, en este momento y bajo ninguna circunstancia, debe rescindir el contrato de trabajo a su deshonesto trabajador.

    Ello no signifique que sea un premio a su falta de probidad, sino que de rescindirle el contrato sin que exista una sentencia ejecutoriada que lo declare penalmente responsable del delito de robo, el patrón no puede aducir esa conducta, ya que estaría prejuzgando, lo que daría lugar a que el ladrón lo demandara por despido injustificado y el patrón no tendría forma de demostrar que efectivamente cometió un robo.

    Precisamente por ello, la Ley Federal del Trabajo contempla la forma en que debe proceder el patrón, sin llegar a la rescisión del contrato antes de que se sentencia y condene al trabajador.

    Sin embargo, considerando que el patrón representa el capital, y éste es la parte económicamente fuerte de los factores de la producción, lo más justo y equitativo es que contrate a un abogado especialista en Derecho Laboral, para que sea dicho profesionista quien le de la asistencia y orientación legal que requiere.



  • Autor
    Respuesta No: 361263

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    te concedo parcialmente la razón raul... pero el caso es que... ocurrido el acto... el patrón tiene un termino exacto... para que proceda la rescisión... y no así la babosada esa de la carpeta de investigación.... que puede tardar lo que se tarde... y rebasar el termino... lo que no implica que el trabajador no proceda contra el patrón... aun en el botellón... no ganara... pero al que roba... se le debe premiar... y el premio es siempre un coche...



  • Autor
    Respuesta No: 361264

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    No garovalo, porque el término de un mes para rescindir el contrato, corre a partir de que tenga conocimiento de la sentencia ejecutoriada que imponga la pena de prisión, ya que será ésta la causal del despido, no el robo.



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