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ACREDITACION DE LA PROPIEDAD
- Consulta : 236782
- Autor : erick.martin_2_NR
- Publicado : Martes 22 de Julio de 2014 21:34 desde la IP: 201.157.15.229
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,139
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 22 de Julio de 2014
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 360770
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Fecha de respuesta: Martes 22 de Julio de 2014 21:53 2014-07-22 21:53 desde IP: 189.155.247.0
La acreditacion de la propiedad lo constituye la escritura, titulo o certificado expedido por el Gobierno....puede acudir al Registro Publico de la Propiedad y tramitar una Constancia de Propiedad, previo pago, y este documento contendra dicha acreditacion que debera acompañarse junto con la escritura o los otros documentos, ademas, se puede adjuntar la boleta predial que puede ayudar a afianzar la acreditacion, asi como recibos de servicios a nombre del titular de la propiedad, pero ojo, estos no son acreditables, simplemente se le señalan para adjuntarlos...
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