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CONSERVACIóN DE DERECHOS DE PENSIóN (IMSS).
- Consulta : 235364
- Autor : lupita_16aguilar_NR
- Publicado : Miércoles 09 de Julio de 2014 11:56 desde la IP: 187.208.152.141
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,078
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 09 de Julio de 2014
Estado de Referencia: Estado de México
Buenos días:
Entré al régimen obligatorio del IMSS antes del 1° de julio de 1997, y cumplo con todos los requisitos para poder jubilarme (por ambas Leyes: 1973 y 1997), con la excepción de que ya no estoy dentro del período de conservación de mis derechos ante el IMSS. Por cuestiones de salud, ya no regresaré a laborar. Es por ello que no puedo exigir mi pensión de cesantía bajo la Ley de 1973, pero ¿si puedo exigirla bajo la Ley de 1997?
Gracias por su atención.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 359257
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Fecha de respuesta: Miércoles 09 de Julio de 2014 12:00 2014-07-09 12:00 desde IP: 189.166.4.10
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Autor
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AutorRespuesta No: 359258
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Fecha de respuesta: Miércoles 09 de Julio de 2014 12:02 2014-07-09 12:02 desde IP: 189.166.4.10
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