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AYUDA EN CASO PENAL
- Consulta : 234431
- Autor : marianabermudez_NR
- Publicado : Martes 01 de Julio de 2014 10:06 desde la IP: 201.134.132.134
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,113
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 01 de Julio de 2014
Estado de Referencia: Estado de México
Hola, mi caso es el siguiente. Mi hermano está en la cárcel injustamente acusado de robo con violencia, despues de varios meses de estar ahi la parte acusadora se presento y dijo que no era el quien lo habia robado, el MP le pido ratificacion de la declaracion al verlos cara a cara y volvio a decir que no era el, pero ahora que va a ser momento de presentarse ante el juez a ratificar la declaracion ya no quiere asistir por miedo a futuras represalias, que se puede hacer en este caso o que es lo que prosigue, es necesario que asista para que mi hermano quede en libertad.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 358684
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Fecha de respuesta: Martes 01 de Julio de 2014 10:58 2014-07-01 10:58 desde IP: 187.212.141.82
estimada mariana bermudez
antes de entrar a estudio a su consulta, que bueno que acude a este foro juridico para preguntar que hacer en relacion a su hermano, ok, la felicito, los lazos de sangre que la unen con su hermano la movieron a pedir ayuda y que bueno por usted,
ahora ben, el hecho de que la ofendida no quiera ir a ratificar su declaracion ante el juez penal, este girara hasta 3 citas y sino acude a ninguna de ellas al juzgado, el juez empleara las medidas de apremio para que la parte ofendida acuda y de no ir una vez agotado los medios de apremio, dara vista al Agente del Ministerio Publico Adscrito al Juzgado y podra ser denunciada por desobediencia de particulares
por ultimo, es muy bueno que la parte ofendida (parte acusadora como le llama) no haga señalamiento firme directo ni categorico a su hermano pero hay que revisar la declaracion de su hermano y descartar la confesional asi como la prueba circunstancial
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Autor
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AutorRespuesta No: 358687
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Fecha de respuesta: Martes 01 de Julio de 2014 11:47 2014-07-01 11:47 desde IP: 189.217.14.169
ES DE NOTAR QUE SI EN MINISTERIO PUBLICO QUEDO ASENTADO QUE NO RECONOCE A SU HERMANO ESTA OBRA EN CONSTANCIAS, AL MOMENTO DE SER REQUERIDA POR EL JUZGADO Y NO PRESENTARSE UNA VEZ AGOTADA DICHA PRUEBA EN LA PARTE DE CONCLUSIONES DE PODRA HACER VALER EL QUE LA OFENDIDA NO HACE EL SEÑALAMIENTO PARA QUE EL JUEZ PUEDA DETERMINAR SU ABSOLUCION SIEMPRE Y CUANDO NO EXISTE ALGUN OTRO ELEMENTO QUE LO PUEDA INCRIMINAR.
SI TIENE ALGUNA DUDA NOS PONEMOS A SUS ORDENES
LIC. ALEJANDRO BARROSO
TEL DESPACHO 47.56.98.42
TEL NEXTEL 36.19.84.09
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