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RETENCIóN DE PAGO
- Consulta : 232687
- Autor : ciudadano101
- Publicado : Viernes 13 de Junio de 2014 15:12 desde la IP: 187.160.248.194
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,136
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 13 de Junio de 2014
Buenas tardes, y escribo para preguntar qué podría hacer sobre la retención de mi sueldo. La escuela por la cual trabajo SPELT, tiene una política de que si no avisas una cancelación del alumno o tuyo por el portal de ellos que; 1. No se pagara esa clase y 2. También se descuenta 3 horas de horas ya trabajados. La política dice que si el alumno no cancel 24 horas antes de la clase que como quiera se cobra y a nosotros se nos paga la clase. Mi pregunta es que si el legal retener horas que ya trabajaste y que si se puede obligar firmar una hoja donde dice que estás de acuerdo con este tipo de sanción?
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 357218
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Fecha de respuesta: Viernes 13 de Junio de 2014 15:28 2014-06-13 15:28 desde IP: 189.251.19.210
estimado ciudadano
supongo usted es maestro y por lo mismo, firmo un contrato pero este contrato no dice si es un contrato conforme a la ley federal del trabajo o un contrato de prestacion de servicios profesionales y la diferencia entre ambos que el primero se rige conforme a la ley citada y dicha ley prohibe retener los sueldos de los trabajadores pero de ser el otro contrato, se rige por el codigo civil de su entidad es por ello que debe comentar bajo que ley se rige su contrato
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