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- Consulta : 231134
- Autor : isaacnew_88_NR
- Publicado : Viernes 30 de Mayo de 2014 13:34 desde la IP: 200.34.175.252
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,146
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 30 de Mayo de 2014
Estado de Referencia: Distrito Federal
hola . por este medio solicito apoyo o explicacion respecto del valor que pueda tener un documento, que este rubricado por la antefirma de una persona, en lugar de su firma autografa, legalmente es valida la antefirma? hablando de los documentos que integran un contrato?, si al final del mismo si esta firmado?
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 356003
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Fecha de respuesta: Viernes 30 de Mayo de 2014 22:27 2014-05-30 22:27 desde IP: 201.141.96.206
La firma al calce de un contrato es el consentimiento expreso de una persona para obligarse a lo establecido en ese contrato, por lo que la firma al calce es suficiente para considerarlo obligado en los términos establecidos en la contrata. Las firmas al margen son una forma de protección del obligado a efecto de que no le modifiquen las cláusulas pactadas, por lo que el contrato es válido existiendo o no firma o antefirma al margen. En caso de diferencias será la pericial la que deberá acreditar si la antefirma es de persona diversa.
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