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DIFAMACION DE PATERNIDAD CASO NO.2

  • Consulta : 229579
  • Autor : CODIGOA
  • Publicado : Miércoles 14 de Mayo de 2014 22:15 desde la IP: 201.137.8.135
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,118
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  • Autor
    Consulta

  • CODIGOA
    USUARIO REGISTRADO

    La primera consulta fue esta.

    Duda:

    Muy buenas tardes amigos, tengo una duda y espero me puedan ayuda.

    Bueno el caso es este: tiene 6 años que me separe de mi esposa y cuatro años de divorciado, de este matrimonio surgio un (bebe), en el presente año mi ex me a mencionado que mi hijo ahora no es mio, que yo no soy el padre.

    En que problemas legales incurre ella al desirme eso, claro haciendo la prueba de ADN.

    1.- Si fuera mi hijo, en que problemas incurre?

    2.- Si no fuera mi hijo, en que problemas incurre?

    Respuesta:

     

    En ninguno problema incurre.

    Dado que el hijo nació durante su matrimonio, se presume hijo de éste y, por tanto, se hace constar en el Registro Civil el nombre de sus padres, que son precisamente los cónyuges.

    Usted dispuso de 60 días para demandar el desconocimiento de la paternidad,, y si no lo hizo, ahora no puede usted hacer nada para esquivar la responsabilidad de la paternidad legal.

    La única forma que usted puede librarse, es que el verdadero padre biológico lo demandara a usted y a su ex-cónyuge por el desconocimiento de la paternidad, para lo cual, él tendría que ofrecer y desahogar la prueba pericial en genética, que tiene un costo que fluctúa alrededor de los $ 30,000.00 ó $ 40,000.00, demanda que es poco probable que el supuesto padre biológico promoviera, ya que le acarrearía una serie de obligaciones que, si no los ha afrontado y mejor ha aceptado que usted las cumpla, sería ilógico que lo hiciera.

     

    Consulta No.2

    Leyendo la primera respuesta, quiero entender que ya es mi hijo legalmente, pero me han surgido nuevas dudas, espero me puedan ayudar. El divorcio fue porque ella me demando, así que fue divorcio necesario, y por lo cual quedó asentado, el derecho de verlo solo los días sábados con un horario de 11:00am a 7:00pm y con un pensión alimenticia para el menor de $700.00 Mensual, pensión muy baja por el hecho de que yo como padre estaba estudiando.

    Nota. Menciono que mi motivo no es deslindarme de la responsabilidad de mi menor hijo, todo lo contrario. Solo quiero defender mis derechos, ya que ella se ha mostrado con un carácter muy negativo y siempre rompiendo diversas clausulas mencionadas en el divorcio.

    Duda No.

    1.      Al mencionarme ella que yo no era el padre, pasando los 60 días soy padre del menor legalmente, pero si ella quisiera promover una nueva pensión, ¿tendría que abrir nuevamente la demanda?, ¿cuánto le costaría abrir la demanda?

     

    2.      Ya he terminado mis estudios pero aun no cuento con un trabajo fijo que pueda cubrir más pensión alimenticia, si fuera el caso de que ella abriera nuevamente la demanda, ¿yo le podría solicitar la prueba de paternidad ante el juez como defensa, así como una prueba psicológica por las diversas molestias que me ha causado?

     

     

     

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  • Autor
    Respuesta No: 354854

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    La madre de su hijo puede promover un incidente de incremento de pensión alimenticia en favor del menor, si las condiciones económicas que usted tenía almomento del dictado de la sentencia han mejorado, de forma tal que, para que siga conservandose el principio de proporcionalidad de los alimentos, el Juez decretaría ese incremento, y no, no puede pedir ninguna prueba de paernidad, ya que por un lado, el incidente se abre dentro de un juicio de alimentos, no de una controversia sobre la paternidad, y por otro, ello tampoco lo liberaría, ni de la pensión que está cubriendo, ni en su caso, del incremento que decretara el Juez para mantener actualizada la pensión de su hjo.

    Y respecto a las molestias que le ha causado, al menos de la información que ha proporcionado, no se vislumbra ninguna, además de que si usted considera haber resentido algún daño psicológico, ha sido por su errónea percepción de la paternidad, ya que no es padre quien engendra, sino quien educa, por lo que el aspecto biológico pasa a segundo plano; consecuentemente, ese daño que considera usted resentir, en todo caso, usted mismo se lo habrá provocado.

    Convénzase y acéptelo, usted asumió la paternidad del niño y, por sí mismo, no puede ya evitarlo al haber dejado de pasar el tiempo que la Ley le torogó para allo; la única forma que tendría de liberarse de su obligación sería que el verdadero padre biológico del niño lo demandara a usted por el desconocimiento de la paternidad, y dudo mucho que eso vaya a suceder.



  • Autor
    Respuesta No: 354860

  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    No entiendo esto.,.. se hace una pregunta y se responde al mismo tiempo? como?   y por cierto se responde MAL por lo siguiente:

    Lo primero que se debe saber o conocer es SI EL MENOR producto de dicha relación esta registrado ya. Si lo esta... se debe saber por quien... solo la madre? ... ambos padres (es decir la madre biologica y quien formula la pregunta) o bien si esta registrado por la madre y un tercer tipo que hace las veces de padre. 

    Ello es requisito SINE QUA NON para responder.... pues dependiendo de esas respuestas se emitiran diversos resultados.

    Importante resulta tambien el conocer la edad del menor... porque el consultante especifica que tiene 6 años de separado y 4 de divorciado pero no refiere que edad tiene el menor para estimar si a la luz de la ley se le tendrá como hijo nacido dentro de matrimonio o no.  Si nacio hace 5 años naturalmente que ello ya no sería posible. 

    1.- SUPONIENDO QUE NO ESTE REGISTRADO.- En que problemas legales incurre ella al decirle eso ? La respuesta para AMBAS PREGUNTAS que se formulan es EN NINGUNO. Porque independientemente de que ella mienta o no sobre la paternidad de dicho menor... el solo dicho de ella no la compromete en delito alguno. 

    Ahora bien... si no esta el menor registrado y ella acude ante el Registro Civil a registrar al menor... independientemente que haya nacido dentro o fuera de matrimonio...(POR ELLO SEÑALO QUE LA RESPUESTA EMITIDA POR QUIEN FORMULA LA PREGUNTA no necesariamente es la correcta) porque al momento de comparecer ... el Juez u oficial del registro civil pues no es mago para saber si esta o no casada la señora y con quien.... por lo que si ella llega y dice "Soy divorciada y registraré bajo la modalidad de madre soltera" es decir sin la comparecencia de padre NO FALTA A LA VERDAD ni tampoco comete delito alguno. 

    2.- SI ESTA REGISTRADO POR AMBOS.- Y ahora la mujer señala que no es su hijo... ella podrá decir misa pero hay un acta que lo acredita como tal y por ende tiene usted derechos y obligaciones sobre el menor. En descauerdo que si ya pasaron los 60 dias usted ya no puede hacer nada ES FALSO DE TODA FALSEDAD ...claro que se puede solo que me reservo hacerlo publico por aquello que haya muchos padres que reconocieron a un menor y conozacan ahora de ello y quieran elidur su responsabilidad... pero de que se puede SI SE PUEDE.

    3.- ESTA REGISTRADO POR UN TERCERO.- Usted puede demandar la CONTROVERCIA DE PATERNIDAD (ojo aqui muchos colegas se confunden y le dicen demanda de paternidad y es FALSO. La demanda de paternidad se da cuando el menor solo esta registrado por la madre (el menor en el acta carece de nombre de padre) y como su nombre lo dice demanda ésta.... que a diferencia de una controversia de paternidad esta se da cuando hay un supuesto padre y se va a poner en duda quien es el verdadero. 

    y aqui SI HAY DELITO QUE PEREGUIR .... se llama "delitos contra la filiacion de las personas" y que la ley penal sanciona a todas aquellas personas que a sabiendas, impongan una filiacion al menor que no le corresponda. 

     

    Saludos



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