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PENSION ALIMENTICIA

  • Consulta : 228437
  • Autor : aseret1208_NR
  • Publicado : Miércoles 30 de Abril de 2014 20:11 desde la IP: 187.254.67.125
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,117
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  • Autor
    Consulta

  • aseret1208_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Colima
    hace un año metí pensión alimenticia a un trabajador de la armada, pero esta persona ya tenia una demanda del 35%. y ami el juez me la cedió de 25%. yo tengo 2 hijas de 14 y 7 años, la otra señora tiene una niña de 2 años. como se da cuenta a mi hijas les llega mucho menos. El tiene un ingreso como de $9,000.oo ¿Me podría asesorar y decirme que debo hacer ? por que a mis hijas le dan, de lo q sobra de la primera demanda.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 353988

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    A sus hijas deben entregarles la pensión del 25%, sobre el salario del trabajador, antes de que le descuenten la otra pensión, no de lo que quede después de esta última.

    Si gana $ 9,000.00, el descuento de la primera pensión será de $ 3,150.00, y el de la segunda de $ 2,250.00, de forma tal que al trabajador solamente le corresponde recibir $ 3,600.00 de los $ 9,000.00 que gana.

    Si no le están entregando la cantidad que corresponde al 25% de los sueldos y prestaciones ordinarias y extraordinarias que percibe el padre de sus hijas, su abogado debe presentar al Juzgado una promoción solicitando se requiera a la Institución en que presta sus servicios, para que le cubran las cantidades faltantes, a partir de la fecha en que fueron notificados por el Juzgado para que llevaran a cabo los descuentos, apercibidos de doble pago para el caso que no lo hagan en forma inmediata.



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