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REPRESENTACION DE PERSONAS MORALES
- Consulta : 228110
- Autor : viy1710_NR
- Publicado : Domingo 27 de Abril de 2014 16:35 desde la IP: 189.144.193.170
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,085
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 27 de Abril de 2014
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 353825
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Fecha de respuesta: Domingo 27 de Abril de 2014 17:03 2014-04-27 17:03 desde IP: 201.164.209.244
creo que debes hacer una pregunta mas concreta.
La unica respuesta que queda a tu pregunta es: estudia el contrato de mandato contemplado en el Codigo Civil de tu localidad.
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