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CONSULTA URGENTE DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO.

  • Consulta : 227256
  • Autor : hd-5770
  • Publicado : Lunes 14 de Abril de 2014 21:21 desde la IP: 189.130.67.223
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,113
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  • Autor
    Consulta

  • hd-5770
    ESTUDIANTE

    LEY FEDERAL DE PROCEDMIENTO ADMINISTRATIVO

     

    que tipo de recurso procede cuando un ayuntamiento toma una dicision y afecta a particulales, y puede proceder tambien en su momento el incidente de suspencion???

     

    Muchas gracias por los comentarios.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 353035

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    No menciona si es usted estudiante de Derecho, espero que no y que no sea tarea. Pero le informo:

    Los Ayuntamientos son autoridades locales y por lo tanto no le es aplicable la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. Lo procedente es el jucio de nulidad ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, y le son aplicables las normar locales y no las federals, y sí puede solicitar la suspensión (con "s") del acto reclamado.



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