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NO ENTIENDO!!!!

  • Consulta : 226272
  • Autor : valdin.c.tania_NR
  • Publicado : Miércoles 02 de Abril de 2014 14:01 desde la IP: 201.137.38.171
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,130
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  • Autor
    Consulta

  • valdin.c.tania_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Hola abogados...

    Quisiera me aclaran una duda que surgio a raiz de que mi mama presto dinero y la persona que le pedio en el año dos mil once hasta la fecha no le ha pagado, en el pagare se pacto u n interes del 5 por ciento mensual por prestarle el dinero por un año y que si esta persona no pagaba , una vez vencido el pagare se le cobraria un interes moratorio del diez por ciento .

    mi pregunta es ¿ en caso de q mi mama  llegara a demandar puede cobrar el interes que  se pacto durante ese año, creo que se le llama redito o bien solo debe de cobrar el interes moratorio?

    debo señalas que esta señora no ha efectuado ningun tipo de pago desde que se le presto el dinero, e incluso cada que se le va a  cobrar ella siempre tiene algun pretexto, mi mama ha tratado de llegar a un convenio donde le da un nuevo tiempo para pagar y le reduce la cantidad y esta persona le dice que no va acceder a nada a menos de que ella rompa los pagares. d e hecho esta señora no ha amenazado que si volvemos a ir a su domicilio a cobrar nos van apedrear los vecinos.

    que podemos hacer por que esta situacion se nos hace muy injusta ya que esta señora disfruto del dinero ajeno y abuzo de la amabilidad de mi mama y ahora no quiere pagar nada!!!

     

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