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LIQUIDACION POR DESPIDO
- Consulta : 224483
- Autor : daniel09work_NR
- Publicado : Jueves 13 de Marzo de 2014 21:07 desde la IP: 187.206.27.41
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,132
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 13 de Marzo de 2014
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 344728
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Fecha de respuesta: Jueves 13 de Marzo de 2014 21:56 2014-03-13 21:56 desde IP: 189.210.253.56
Si usted ha sido objeto de un despido injustificado, ya sea porque la conducta que le atribuyó el patrón no esté contemplada dentro de las causas de rescisión de contrato sin responsabilidad para el empleador que señala el artículo 47, de la Ley Federal del Trabajo,l o aún existiendo esa causa justificada, si no le hizo entrega del escrito en el que le hace saber de la causa o causas del despido y la fecha a partir de la cual surte efecto, entonces usted podrá reclamar las siguientes prestaciones:
3 meses de salario por concepto de indemnización constitucional;
12 días de salario por cada año de servicios prestados, por concepto de prima de antigüedad, prestación que se paga,l no con su salario real, sino con un salario máximo equivalente a 2 veces el salaqrio mínimo del área geográfica en que prestó el servicio;
Vacaciones y prima vacacional correspondientes al segundo año de servicios, en caso que no las haya disfrutado;
Parte proporcional de vacaciones y prima vacacional, por los 6 meses laborados a partir del segundo año de servicios cumplidos.
Parte proporcional de aguinaldo 2014.
Asístase de un abogado especialista en Derecho Laboral, a fin de que, antes de que transcurran 2 meses, contados a part5ir del día siguiente a la fecha en que fue despedido, presente la demanda ante las autoridades laborales competentes.
Como recomendación, si no está asistido de un abogado laboralista,no firme al patrón ningún documento: ni recibo, ni finiquito o liquidación, renuncia ni ninguno otro, ya que podrá valerse de él para aducir que nno lo despidió, sino que usted renunció voluntariamente.
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