Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

DESALOJO DE VIVIENDA

  • Consulta : 223666
  • Autor : angelica_kpaz_NR
  • Publicado : Jueves 06 de Marzo de 2014 11:57 desde la IP: 189.204.86.51
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,108
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • angelica_kpaz_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Buenas tardes, tengo un problema de vivienda. Yo rento un depto. desde junio del año 2012 a pricipios de este año 2014, la persona con la que hice el contrato de arrendamiento me aviso por correo electronico que debia de desocupar el depto. en febrero por causas de fuerza  mayor, al negarme por que mi contrato vencia en mayo, un sabado se presentaron en mi domicilio un tipo diciendo que era el nuevo dueño del departamento junto con la persona que yo habia hecho el trato, procedi a llamar a una patrulla ya que trataron de amedrentarme e intentaron meter una llave. Esta persona dice que la sra. con la que hice el trato perdio el depto. porque no pagaba sus cuotas al infonavit y ellos tomaron la deuda, y les urge venderlo. Mi pregunta es que procede, si puedo negociar con esta persona que no se ni si es dueño o que, que puedo pedirle, nunca deje de pagar renta fui cumplica, febreo y lo que lleva de marzo no he pagado porque estoy en medio de una situacion que desconozco, un abogado me dijo que lo mejor era seguir pagando la renta a esta nueva persona por el tiempo y dejarle ver el depto. para que lo ofrezca en venta, no se que hacer, todo lo hicieron mal, y me toman como una persona tonta, que derechos tengo, mi hija termina en julio su escuela, y pensaba cambiarme en agosto ya que supiera en que prepa quedaba, no pretendo quedarme con el depto. no me interesa, pero si quisiera salirme en Agosto sin pagarle a esta persona dejandola mostar el depto. se puede?

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 343039

  • AsesorJuridico81
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Buenas tardes. Si deceas asesoría personalizada puedes contactarme al siguiente número de celular: 5541281651; con gusto podemos platicar y estudiar tu caso. Concretemos una cita y obten información valiosa sobre tu caso en particular.



  • Autor
    Respuesta No: 343073

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Licenciado Zenteno, con el debido respeto, el foro fue creado SOLAMENTE PARA DAR ASESORÍA LEGAL GRATUITA, no para andar consiguiendo clienttela o hacerse publicidad.

    Por favor lea las reglas de etiqueta.

    Consultante, usted tiene celebrado un contrato de arrendamiento por tiempo determinado que concluye, según menciona, en el mes de mayo de esta anualidad.

    En los casos como el suyo, cuando se transmite la propiedad del inmueble dado en arrendamiento, el contrato no termina, pues el nuevo propietario está obligado a respetar el plazo que se pactó en el mismo; además, es insuficiente que se presente él solo y le diga que es el nuevo propietario sin acreditarlo y sin que dicha notificación se ajuste a las formalidades exigidas por el Código Civil.

    Lo que debe usted hacer, ante la incertidumbre de quien es el actual propietario del departamento, lo que debe hacer es promover diligencias de jurisdicción voluntaria, procediendo a consignar el importe de las rentas ante un juzgado, a efecto que sea el juez quien determine a quien corresponde cobrarlas, si al anterior o al nuevo propietario, una vez que justifiquen el derecho a las pensiones rentísticas.

    Por otra parte, si vencido el término del arrendamiento, usted se encuentra al corriente en el pago de las rentas, tiene derecho a que el contrato se prorrogue por un año más, de forma tal que aunque el nuevo propietario tenga urgencia por vender el departamento, no podrá hacerlo hasta que concluy su contrato de arrendamiento y la prórroga, en caso que usted la demande judicialmente.





  • Autor
    Respuesta No: 343113

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    fraudulenta como todas... tu obligacion es pagar la renta.... por medio de consignscion de renta en un juzgado a quien acredite ser el dueño... no quie lo diga.... quien lo acredite.... tu abogado sabe que hacer... y terminado el contrato... si no adeudas renta... tienes derecho a vivir un año en ese lugar... pagando la renta... mas el 20%... y nada es gratis... y claro y desde luego wue no puedes dejar de pagar la renta por ninguna dausa... sl hacerlo... pierdes los derechos que hubieras adquirido....



  • Autor
    Respuesta No: 343121

  • TOCA1968
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    CONSULTANTE angelica_kpaz_NR,

    Presente:

           

    Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a su pregunta jurídica, le comento lo siguiente:

     

    Le diré Consultante  que, para que lo desaloje a Usted LEGALMENTE DEL INMUEBLE QUE REFIERE, PARA ELLO LA PARTE DEMANDANTE TIENE QUE HACERLO MEDIANTE EL JUICIO CIVIL CORRESPONDIENTE, y en ese caso, puede AMPARARSE CONSULTANTE CONTRA LA SUPUESTA ORDEN DE DESALOJO, SI YA SE DICTÓ ALGUNA EN SU CONTRA, Y CON ELLO PODRÁ RETENER LA POSESIÓN DEL CITADO BIEN INMUEBLE, CREANDO ASÍ CONDICIONES FAVORABLES DE NEGOCIACIÓN A SU FAVOR, DE LAS CUALES EN ESTE MOMENTO CARECE, esperando que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.

     

    Por lo que le aconsejo jurídicamente que se asesore de un abogado que sea experto en MATERIAS PENAL Y CIVIL, para que tenga asegurado el éxito de su asunto, y si es el caso de que usted no cuenta con recursos económicos para pagar los honorarios de los servicios profesionales de un abogado particular, PUEDE USTED RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, esperando que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.

     

    Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.

     

    ATENTAMENTE

                  

    LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO

                                                

    Oficina: (0155) 6637-5063

    Celular: (044) 55-3253-4941

                                                      

    WEB:  w w w . m o r a l e s y c i a . n e t (minúsculas y todo junto)

    E-MAIL: j m o r a l e s . m o r a l e s y c i a  a r r o b a g m a i l . c o m (minúsculas y todo junto)



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión