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PROPIEDAD INTESTADA

  • Consulta : 223321
  • Autor : na_vi_31_NR
  • Publicado : Lunes 03 de Marzo de 2014 13:25 desde la IP: 201.141.236.10
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,122
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  • Autor
    Consulta

  • na_vi_31_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Es una propiedad de 300 m2 las escrituras se encuentran a nombre de uno de los hijos que ya fallecio y èsta està intestada ,fueron  7 hijos de los cuales solo vive una ( que no es la que aparece en las escrituras). de los 7 hijos 6 construyeron una porcion diferente de la propiedad.

    Al fallecer la mama se "dice" que era voluntad que la casa se quedara como estaba.

    En dos casos dos hijos ya vendieron su porcion.

    Ahora bien ;

    Es legal que èstos hayan vendido su porcion aun y cuando la propiedad se encuentra a nombre de otra persona?

    Es considerada la voluntad de la mama que ya faceciò y que se "dice" que ella asi deseaba que se quedara en la misma condiciòn la propiedad?

    Y si sì es factible que se tome en cuenta la voluntad de la mamá y un tercero es perjudicado porque esa porcion de terreno fue contruido por èste y los demas miembros "dicen" que esa area seria para convivencia general.. entonces que sucede en èste caso?

    Cabe recalcar que la propiedad ; 1: està intestadada, 2, de los siete hijos solo sobrevie uno , 3: Como es posible que los nietos compren y en base a que se pudo haber comprado si no son propietarios los hijos.

    Saludos

     

     

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  • Autor
    Respuesta No: 342532

  • Lic. Manuel Vega
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas tardes:

     

    Su consulta es algo confusa, pero si entendí bien la escritura esta a nombre de uno de los hijos quien ya murio; entonces la propiedad es de los herederos de éste hijo fallecido, dependiendo si otorgó o no testamento. Si hubo testamento, puede ser que haya nombrado a su madre y/o a sus hermanos como herederos; en caso de que no exista testamento habría que tener mas informacion (si a su vez tuvo hijos, si los padres vivían o no, etc) para determinar quienes son los herederos legítimos.

    Nada importa lo que se haya dicho o comentado, si no consta por escrito, y en caso de testamento si éste no se hizo con la formalidad que marca la Ley, y que por regla general casi siempre es ante Notario.

     

    Las ventas hechas sobre cosa ajena son nulas, por determinarlo asi la Ley.

     

    Sin embargo, sorprende que si era de uno solo de los hijos éste haya permitido que los hermanos construyeran en su propiedad; ésto es señal de que algun otro acuerdo existía en la familia, como por ejemplo que la dueña en verdad era la mamá, y que por ignorancia repartió la propiedad entre su prole "de palabra", dejando las escrituras a uno solo de ellos. Si en conciencia saben que esto no era 100% de uno solo de los hermanos, hacen mal al tratar de quedarse con todo, pues esto implica que se estan aprovechando de la ignorancia de su madre ya difunta, de la confianza que en vida deposito en el titular de la escritura, y al final quitandole lo que les pertenece a sus hermanos y/o sobrinos. Repito, uno es el tema jurídico y otro lo que moralmente debe cumplirse, pero cada quien sabe lo que hace.

     



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