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PRIMAS DOMINICAL
- Consulta : 222445
- Autor : laislasantafe_NR
- Publicado : Viernes 21 de Febrero de 2014 17:07 desde la IP: 201.141.214.174
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,141
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 21 de Febrero de 2014
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 341131
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Fecha de respuesta: Viernes 21 de Febrero de 2014 18:28 2014-02-21 18:28 desde IP: 189.212.205.133
Si un trabajador labora el día domingo, porque tiene asignado un día de descanso semanal distinto a éste, entonces, además del salario del día laboradl tiene derecho a la prima dominical, que consiste en sun sobresueldo del 25%.
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AutorRespuesta No: 341612
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Fecha de respuesta: Martes 25 de Febrero de 2014 16:09 2014-02-25 16:09 desde IP: 201.141.196.110
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AutorRespuesta No: 341627
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Fecha de respuesta: Martes 25 de Febrero de 2014 17:46 2014-02-25 17:46 desde IP: 189.212.205.133
Entonces, en lugar del 25% que corresponde a la prima dominical, deberá pagarle, además del salario que corresponde al día de descanso, salario doble por las horas trabajadas.
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