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MENTIRAS !!
- Consulta : 220892
- Autor : direccion_mctelcel_NR
- Publicado : Jueves 06 de Febrero de 2014 19:37 desde la IP: 189.169.117.215
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,126
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 06 de Febrero de 2014
Estado de Referencia: Jalisco
RESULTA , QUE TENGO UN NEGOCIO DONDE VENDO ACCESORIOS PARA CELULARES Y HACE 2 AÑOS TENIA UNA PEQUEÑA SUCURSAL, EN UN PUEBLITO A 45 MINITOS DE CHAPALA QUE ES DONDE ESTOY ACTUALMENTE, CONTRATE A UNA PERSONA QUE LABORABA EN ESA SUCURSAL LA CUAL TERMINE LA RELACION LABORAL YA DESDE 2 AÑOS LA CERRE POR LA DISTANCIA Y PORQUE ESTA PERSONA NO CUMPLIA CON MIS ESPECTATIVAS , Y SE LE LIQUIDO CONFORME A LA LEY , Y RECIEN ME LLEGO UNA DEMANDA DONDE DICE MUCHISIMAS MENTIRAS , EXAGERA EN EL TIEMPO QUE TRABAJO, EN EL SUELDO QUE TENIA ENTRE OTRAS COSAS, QUE PUEDO HACER ? ES VERDAD QUE ELLA TIENE QUE COMPROBAR LO QUE DICE ? O YO ?? QUE HAGO ???
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 339392
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Fecha de respuesta: Jueves 06 de Febrero de 2014 19:43 2014-02-06 19:43 desde IP: 189.212.205.133
Lo primero que debe hacer, es contratar a un abogado especialista en Derecho Labora, a fin de que comparezca con usted en la fecha y hora señalada para la audiencia de Conciliación, Demanda y Excepciones, y exhibiendo los documentos que acrediten la personalidad del centro de trabajo y de quienes se apersonan en su representación, incluído el propio abogado, proceda a contesta la demanda y a oponer las excepciones y defensas que sean procedentes.
Si usted hace caso omiso a la anterior recomendación y no se presenta ante la autoridad laboral con los documentos justificativos de la personalidad y tampoco contesta la demanda, le harán efectivos los apercibimientos contenidos en el auto que se contiene en el emplazamiento, y lo tendrán por contestando la demanda en sentido afirmativo y por perdido el derecho de ofrecer pruebas, lo que indefecti blemente conducirá a un laudo en que lo condenarán a pagar las prestaciones que le demanda la parte actora, sobre la base de lo que ella haya dicho en su demanda.
Por otra parte, si usted controvierte la fecha de ingreso, la antigüedad, la jornada, el horario, los descansos semanales, el salario, etcétera, es usted quien deberá demostrarlo, ya que la carga probatoria en el juicio laboral, no le corresponde a la parte demandante, sino al patrón demandado, ya que es éste quien cuenta con los documentos necesarios para demostrar las mentiras que usted dice se contienen en la demanda.
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