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DEJA SIN EFECTOS ADJUDICIACION

  • Consulta : 219970
  • Autor : delunagalvan_NR
  • Publicado : Miércoles 29 de Enero de 2014 09:33 desde la IP: 201.144.5.38
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,121
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  • Autor
    Consulta

  • delunagalvan_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Aguascalientes

    Buenos días, mi duda es respecto a que si la autoridad ejecutora,  una vez adjudicado un bien es posible dejarlo sin efectos, debido a que pagó el deudor el total de la deuda, si es posible esta situación, algún artículo del CCF lo establece?  

     

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  • Autor
    Respuesta No: 339454

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    el acreedor puede negarse y el juez tendrá que decir si es legal o no el l levantamiento de adjudicación y cancelación de gravamen...





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