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ASESORIA
- Consulta : 219621
- Autor : ccmcar2003_NR
- Publicado : Sábado 25 de Enero de 2014 14:26 desde la IP: 187.233.0.189
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,131
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 25 de Enero de 2014
Estado de Referencia: Distrito Federal
Buenas tardes, alguien que me pueda orientar.
Vivo en el Distrito Federal y como persona física me dedico a la venta y compra de papelería, como y articulos de limpieza.
En dicho giro, lleve actos de venta con dos empresas, las cuales ocupaban el mismo inmueble en el D.F., el procedimiento para el cobro era que a la entrega de la mercancía me era entregado un CONTRARECIBO, ya que estos recibian la factura y orden de compra.
Una empresa desde hace dos años dejo de pagarme y la segunda empresa desde hace año y medio, a pesar de los multiples requerimientos que les hice. Y a mediados del año pasado, dejaron el inmueble que yo tenía señalado para llevar a cabo el cobro sin que me dieran aviso, y por contacto aun con un empleado de dichas empresas fue que me entere del domicilio donde ahora estaban fisicamente, donde nuevamente les requerí de los pagos sin que a la fecha los cubran.
Contrate un abogado, el cual interpuso una denuncia en la PGJDF y se radico en la Fiscalia de Delitos Financieros por Fraude por mas de 10,000 salarios minimos, fui a ratificarla y ahora me dice el abogado que la Ministerio Público consulto el No Ejercicio de la Accion Penal, argumentando que las empresas no ha hecho fraude alguno y que tengo la via ordinaria civil.
Mi pregunta es, es verdad que aun y cuando cuento con CONTRARECIBOS unicamente y que la empresa se cambio de domicilio sin darme aviso, solo puedo llevar la via ordinaria civil como dice la ministerio publico, o si se puede llevar en la via penal, que es en la que esta actualmente.
Mi deseo es continuar por la via penal, veo mas posibilidad de recuperar mi inversión.
Alguien me puede orientar. Mi abogado me dice que nos vayamos por lo civil, pero reitero si ahora que ya esta en el penal, debe haber algo que me ayude a que continue y se integre en dicha instancia.
Gracias.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 338395
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Fecha de respuesta: Sábado 25 de Enero de 2014 21:11 2014-01-25 21:11 desde IP: 187.162.210.121
Indebidamente su abogado lo orientó a presentar la denuncia, ya que la fala de pago de las facturas por parte de ambas empresas, no constituía ningún fraude ni otro delito; simplemente incurrieron en el impago de una deuda civil, por lo que desde un inicio debió ventilar el asunto ante los tribunales civiles competentes, promoviendo los medios preparatorios para juicio ordinario mercantil.
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