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FUI LIQUIDADO Y POSTERIORMENTE DENUNCIADO POR ROBO CALIFICADO A LOS DFOS AñOS
- Consulta : 218924
- Autor : ernestocarotam_NR
- Publicado : Viernes 17 de Enero de 2014 20:50 desde la IP: 189.148.85.14
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,120
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 17 de Enero de 2014
Estado de Referencia: Veracruz
hace dos años fui presionado en mi trabajo y firme documentos que me comprometian por un faltante de 200 mil pesos, posteriormente fui luiquidado en la jun ta federal pero de los cien mil que alcanzaba me quitaron todo ya que lo tomaron a cuenta del faltante, dos años despues, fui denunciado penalmente por robo calificado, sera que me sirva el convenio de liquidacion que se realizo ante la junta para poder quitarme el delito
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 337796
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Fecha de respuesta: Viernes 17 de Enero de 2014 21:02 2014-01-17 21:02 desde IP: 187.201.147.240
Consultante ese convenio de nada le sirve, porque si es un delito que se persigue de querella, solamente con el perdón del ofendido queda extinguida a su favor la acción penal, y si es un delito que se perdigue de oficio entonces no existe la posibilidad que le otorguen el perdón, lo que le sugiero que haga en su caso Consultante, es que se presente a declarar a dicha averiguación previa en la cual es señalado como probable responsable, nuegue los hechos, y ejerciendo su garantía de defensa contenida en el artículo 20 Constitucional, una vez que le haga el C. Agenete del Ministerio Público del Conocimiento la imación que obra en su contra, las personas que declaran en su contra, así como las pruebas que demuestren que usted cometió un delito, EJERZA SU DERECHO A GUARDAR SILENCIO, Y SOLICITELE AL C. AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLCO INDAGADOR QUE LE SEÑALE DÍA Y HORA PARA QUE PRESENTE SU DECLARACIÓN MINISTERIAL POR ESCRITO, en la cual negará los hechos que se le iman falsamente, y HARÁ UNA DENUNCIA DE HECHOS EN CONTRA DE LA O LAS PERSONAS QUE LO DENUNCIAN A USTED FALSAMENTE, POR LA PROBABLE COMISIÓN DE LOS DELITOS DE FALSEDAD DE DECLARACIÓN, FRAUDE PROCESAL, EXTORSIÓN Y/O LOS QUE RESULTEN COMETIDOS EN SU AGRAVIOS, saludos y suerte en su caso.
Porlo que le aconsejo jurídicamente que se asesore de un abogado que sea experto en MATERIA PENAL Y AMPARO PENAL EL CUAL PUEDE AUTORIZAR EN TÉRMINOS DE LA FRACCIÒN IV DE LA LEY GENERAL DE VÍCTIMAS PARA QUE SEA EL REPRESENTANTE DE SU COADYUVANCIA, ASÍ COMO SU ASESOR JURÍDICO E INTERVENIR A SU NOMBRE Y REPRESENTACIÓN EN LAS ACTUACIONES DE LA AVERIGUACIÓN PREVIA CORRESPONDIENTE, para que de esta forma tenga asegurado el éxito de su asunto, y si es el caso que no cuenta con los recursos económicos para pagar los honorarios de un abogado particular, LE RECUERDO QUE EL MINISTERIO PÚBLICO DEL CONOCIMIENTO COMO REPRESENTANTE DE LA SOCIEDAD, ESTÁ OBLIGADO A BRINDARLE ASESORÍA JURÍDICA GRATUITA EN SU CASO, ADEMÁS DE LOS DEMÁS APOYOS PSICOLÓGICOS, MÉDICOS, ETC; QUE USTED NECESITE EN SU CASO, esperando que esta información le sea de utilidad, y que en breve resuelva su asunto favorablemente.
Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.
ATENTAMENTE
LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO
Oficina: (0155) 6637-5063
Celular: (044) 55-3253-4941
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