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QUE SIGNIFICA SUCESOR EN TIERRAS EJIDATARIAS, LA PERSONA SUCESORA. ES UNICA DUENA?

  • Consulta : 218892
  • Autor : celyzonny_NR
  • Publicado : Viernes 17 de Enero de 2014 15:04 desde la IP: 64.160.118.232
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,086
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  • Autor
    Consulta

  • celyzonny_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Querétaro

    my padre murio hace 35 anos y dejo muchas tierras ejeditarias y dejo de sucesores a dos de mis hermanos y ami mama  . 1er lugar un hermano 2do lugar una hermana , 3er lugar mi mama, pero segun mi hermano q es el sucesor numero 1. el es el unico dueno de todas esas tierras.  Esto es en el estado de Queretaro. Les agredecere mucho si me pueden contestar my pregunta. Por su atencion gracis.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 337901

  • felixfrancisco
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

     El artículo 17 de la Ley Agraria establece que los ejidatarios tienen la Facultad de designar a su sucesor en sus derechos sobre la parcela y los demás inherentes a su calidad de ejidatarios. En el Registro Agrario Nacional deben estar depositada las listas de sucesión mediante Testamento Agrario. Acuda a la Procuraduría Agraria  de su localidad a informarse o tramitar apoyo, son gratuitos.

     



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