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INCAPACIDAD PARCIAL PERMANENTE

  • Consulta : 212260
  • Autor : maljime58
  • Publicado : Lunes 28 de Octubre de 2013 03:28 desde la IP: 201.141.40.216
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,112
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  • Autor
    Consulta

  • maljime58
    USUARIO REGISTRADO

    Hola, buen dia, les expongo mi caso para que me puedan orientar, tengo 55 años de edad, el dia 23 de Enero de 2013 sufri un accidente en el trabajo, me callo una viga de acero en el pie derecho ocacionandome una fractura de tibia y perone expuesta, despues de varias operaciones y un injerto de piel, me estoy recuperando muy lentamente actualmemte acabo de terminar la reabilitacion donde ya medieron de alta , aunque yo siento que deberia de haberse extendido  unas 2 semanas, pero debido a que he acumulado muchas incapacidades (271) Medicina del Trabajo me indico que para protegerme deberia tramitar una incapacidad parcial permanente, ya que si rabasaba el año incapacitado perderia las prestaciones de ley y que si medan de alta al año el patron podria correrme y quitarme el seguro por loque me quedaria sin nada, El accidente se califico como riesgo de trabajo porque fue dentro de la empresa. Medicina del trabajo me evaluara las posibles secuelas que tendre y asi poder dictaminar la incapacidad que les comento, En la clinica de reabilitacion me dieron de alta indicando que si puedo realizar las labores que realizaba como dibujante ya que no haria mucho esfuerzo en esa actividad, limitandome a que no podria correr, cargar cosas pesadas,saltar, o actividad de alto impacto, si puedo caminar aunque con ayuda de baston. Las dudas que tengo son: Medicina del trabajo me puede obligar a aceptar esta incapacidad, ya que me pensionaria con un porcentaje segun la evaluacion, y la cotizacion de salario actual que tengo, es definitiva para toda la vida, o puede ser modificada, perderia todas las cotizaciones que tengo  actualmente, soy del regimen del 73, me faltan 5 años para pensionarme como debe ser, perderia todos estos derechos ,  o despues de los 2 años se puede modificar y pensionarme en forma normal, como les comento reabilitacion me dio de alta indicando que si podria hacer las actividades de mi profesion.

    Muchas gracias por su atencion, esperando sus comentarios y consejos

     

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  • Autor
    Respuesta No: 330397

  • marcomcmlx
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Si el seguro declara la Incapacidad Permanente Parcial con un porcentaje hasta de 25 porciento te sarían una indemnización, si el porcentaje es mayor a 25 y hasta 50 por ciento tu elijes entre indemnización y pensión y si es mayor al 50 por ciento corresponde pensión. En cualquier caso una vez que llegues a los 60 años podrás tramitar tu pensión por cesantía la cual se sumaría a la pensión q tengas por IPP. La IPP no afecta tus cotizaciones y es vitalicia o hasta q te recuperes, puede tambien existir la posibilidad de aumentar esta pensión en caso de q más adelante haya secuelas q agraven el daño. Mientras es recomendable q sigas trabajando y seguir sumando semanas.



  • Autor
    Respuesta No: 330425

  • maljime58
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Muchas gracias por sus comentarios pero tengo otra duda, en que articulo de la ley del seguro social se encuentra lo que me comenta, esto es para buscarlo  y tenerlo bien claro, ademas creo que solo dura 2 años esta incapacidad para despues se revisa para aumentarla o disminuirla.

    Gracias.



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