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PATRIA POTESTAD Y PENSIóN ALIMENTICIA EN EL EMBARAZO

  • Consulta : 209381
  • Autor : psic_adrianaceron_NR
  • Publicado : Jueves 26 de Septiembre de 2013 17:44 desde la IP: 187.193.57.252
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,135
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  • Autor
    Consulta

  • psic_adrianaceron_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Michoacán

    Tengo dos meses de embarazo, con el padre de mi bebe teniamos planes de boda los cuales el cancelo sin mi autorizacion, el y su familia me han agredido verbal y psicologicamente a mi y a mi bebe, al grado de poner en riesgo la vida de mi bebe en mi utrero, quisiera saber si puedo pedir la patria potestad de mi hijo y pension alimenticia?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 327010

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    En primer lugar, es necesario precisar que si la persona con quien usted pensaba casarse, canceló los plenaes que ustedes habían hecho, no estaba obligado a pedir su autorización, ya que el matrimonio, por su propia naturaleza es el acto consensual de dos personas, po rlo que si una de ellas no acepta casarse, no necesita de la autoriazación de nadie para no hacerlo.

    En segundo lugar, usted no tiene un hijo; en todo caso, se encuentra encinta, y hasta que concluya su gravidez y dé a luz, sa sabrá si el producto de la concepción es viable o no; hasta entonces, es decir, hasta que nazca vivo, será cuando ese infante será su hijo, y no puede pedir la patria potestad de su hijo, ya que ésta la adquiere, igual que su padre, si lo reconoce como hijo suyo, al momento de nacer el niño, ya que si no lo reconoce, entonces no tendrá ningún derecho en participar en la eduación y sano desarrollo físico, emocional, moral y psico-social del menor.

    Y tampoco se trata de que, al nace el niño, usted quiera o no que su padre lo reconozca como hijo de él, ya que esa decisión solamente le corresponde tomarla a quien junto con usted lo engendró, ya que si pretende oponerse, el padre el niño, con la mano enla cintura, podrá demandar el reconocimiento de su paternidad, acreditando, a través de las pruebas del ADN, que el hijo que usted parió, es de él, lo que traerá como consecuencia que el juez ordenará que se inscriba el nombre del padre en el acta de su nacimiento, y a usted la condenará a pagar los gatos y costas del juicio incluído el monto de los estudios de la paternidad.

    Primero espérese a que nazca el niño, y cerciórese que su padre está dispuesto a reconocerlo o no,; sólo hasta entonces podrá pensar en la posibilidad de demandarle el pago de una pensión alimenticia para el niño, y procure no exageraqr cualquier situación que se hubiera suscitado entre usted y la familia de él, ya que contrario a lo que usted piensa, los parientes de quien engendró con usted, no han causado ningún daño psicológico a su bebé, sino que quien lo hace es usted misma, debido al estrés y presión emocional a la que se somete a sí misma; por tanto, tampoco pretenda encontrar culpables en otras personas, cuando el origen del problema es usted y, además, quizá esa haya sido la verdadera razón por la que él haya cancelado, sin su consentimiento, los planes de la boda; sabia decisión, si conoció anticipadamente lo que le esperaba en su matrimonio.



  • Autor
    Respuesta No: 327017

  • rosa isela
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    jajaja perdon pero no me cabe como la familia del sr a agredido a un producto y con dos meses de embarazo y le ha causado traumas psicologicos a un producto.....por dios señora busquese un psicologo pobre niño si llega a nacer y despues si nace a proceder como bien lo ha dicho el Lic. Cadena



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