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DESPIDO INJUSTIFICADO

  • Consulta : 209135
  • Autor : marcebarba_NR
  • Publicado : Martes 24 de Septiembre de 2013 11:24 desde la IP: 201.144.167.179
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,141
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  • Autor
    Consulta

  • marcebarba_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Nuevo León

    buenos días, quisiera asesoría para saber el calculo que me corresponde por despido injustificado.

    Fecha de Ingreso: 11 febrero 2013

    Fecha de Salida: 23 Septiembre 2013

    Salario Mensual: 18,000 de ahi me quitan 10% premio puntualidad, 10% premio asistencia y 600 de vales de despensa, mas lo impuestos.

    Tengo .3 días de vacaciones que me quitaron en semana santa, pero aqui dan 7 días el primer año.

    Entregan 15 días de Aguinaldo.

     

    Tengo contrato de planta.

     

    Muchas gracias.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 326726

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    Si usted fue objeto de un despido injustificado, tiene derecho a una liquidación que comprende las siguientes prestaciones:

    Indemnización constitucional, equivalente a 3 meses de salario integrado (incluyendo el sueldo y todas las prestaciones ordinarias que recibía, como premios de puntualidad y asistencia, ayuda de renta, etcétera, y sin considerar ninguna deducción).

    Prima de antigüedad, consistente en 12 días de salario por cada año de servicios o parte proporcional, prestación que se paga con un salario máximo equivalente a dos veces el mínimo vigente en el Estado de Nuevo León.

    Vacaciones, prima vacacional y aguinaldo, proporcionales.

    Media hora de descanso, días de descanso obligatorio trabajados, tiempo extraordinario laborado o cualquer otra prestación que no haya recibido, no obstante haberla generado.

    Salarios devengados y no pagados a la fecha del despido.

    Salarios caídos, a partir de la fecha del despido y hasta por un año, si el juicio demora más tiempo o el patrón no cumple con el laudo que llegara a dictarse en ese lapso; a prartir del año, se genera un interés del 2% mensual, sobre la cantidad que resulte de 15 meses de su salario integrado.

    No espere a que transcurran los 2 meses que tiene para prestar su demanda; hágalo ya, y asístase de un abogado especialista en derecho laboral, no estudiante, ni pasante, y menos coyote o tinterillo, ya que de éstos abundan muchos en las Juntas de Conciliación y Arbitraje del Estado de Nuevo León, y puede verlos en cantidades considerables en el exterior de los tribunales del trabajo, que seubican en la calle de Humbolt número 800, atrás de la "Pulga Río".





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