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COMO RECUPERO MI CASA?
- Consulta : 209096
- Autor : spellinspector_NR
- Publicado : Lunes 23 de Septiembre de 2013 19:59 desde la IP: 99.252.135.165
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,119
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 23 de Septiembre de 2013
Estado de Referencia: Distrito Federal
Los inquilinos me deben dos anos de renta, consulté a un abogado, metimos la demanda para expulsarlos, pue increible pero perdi la demanda! Apelamos y perdimos tambien! Como es posible que esa gente pueda seguir viviendo en mi casa sin pagar nada nunca, es mi unico patrimonio y ya la ley se la esta regalando! Que excusa puedan usar los jueces para permitir eso?
Habrá alguna manera de sacar a esa gente? Alguna ley que proteja a los propietarios?
Tengo 75 año, estoy desesperada, necesito recuperar mi casa para alquilarla o venderla, pero quien querra comprarla con tales inquilinos?
Gracias.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 326689
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Fecha de respuesta: Lunes 23 de Septiembre de 2013 20:05 2013-09-23 20:05 desde IP: 187.208.48.179
hijole señora la verdad ni como ayudarla si de lo juridico no nos dice absolutamente nada, yo le aconsejo q cambie e abogado
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Autor
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AutorRespuesta No: 326692
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Fecha de respuesta: Lunes 23 de Septiembre de 2013 20:10 2013-09-23 20:10 desde IP: 189.234.146.194
Quejarse no lleva a nada... Deberías transcribir las sentencias...
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Autor
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AutorRespuesta No: 326694
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Fecha de respuesta: Lunes 23 de Septiembre de 2013 20:20 2013-09-23 20:20 desde IP: 99.252.135.165
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Autor
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AutorRespuesta No: 326695
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Fecha de respuesta: Lunes 23 de Septiembre de 2013 20:21 2013-09-23 20:21 desde IP: 201.141.232.234
spellinspector_NR
¡¡¡ Dos años de renta!!! se tardo en reclamar la rescision de contrato por falta de pago de renta, al segundo mes de incumplimiento hubiese demandado.
Cuando el arrendador reclama en juicio el pago de rentas superiores a tres meses debe acreditar en juicio el haber requerido de pago a los arrendatarios, en caso contrario existe presuncion de pago en favor del arrendatario, si no acredito en juicio el haberlos requerido de pago interpelandolos de manera judicial es por eso perdio el o los juicios.
Para su informacion el hecho de que usted por conducto de su abogado no acreditaran los extremos de la demanda NO es resposabilidad de los jueces, estos ultimos ni la Ley no regalan nada, recae en la parte actora el probar su accion en juicio.
Cambie de abogado.
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Autor
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AutorRespuesta No: 326697
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Fecha de respuesta: Lunes 23 de Septiembre de 2013 20:26 2013-09-23 20:26 desde IP: 99.252.135.165
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AutorRespuesta No: 326698
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Fecha de respuesta: Lunes 23 de Septiembre de 2013 20:31 2013-09-23 20:31 desde IP: 201.141.232.234
Magda8
Replantear una demanda en base al estudio de su caso en concreto.
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Autor
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AutorRespuesta No: 326699
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Fecha de respuesta: Lunes 23 de Septiembre de 2013 20:41 2013-09-23 20:41 desde IP: 99.252.135.165
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